Calendario TicketBAI

Implantación

Desde el 1 de junio de 2023, la obligación TicketBAI es exigible a todas las personas contribuyentes que ejerzan actividades económicas en Gipuzkoa. La implantación se ha realizado de modo progresivo con arreglo al siguiente calendario:

2022

1 de julio

Quienes prestan con habitualidad servicios de gestión en materia tributaria, a los que se refiere el artículo 16 de la Orden Foral 614/2021, de 15 de noviembre (PDF).

1 de septiembre

En la sección 1, los comprendidos entre los grupos 834 y el 849.

En la sección 2, los comprendidos entre los grupos 011 y el 841.

1 de noviembre

En la sección 1, los comprendidos entre los grupos 641 y el y entre los grupos 671 y el 687.

En la sección 2, los comprendidos entre los grupos 851 y el 899.

2023

1 de abril

En la sección 1, los comprendidos entre los grupos 501 y el 508; entre los grupos 691 y el 757; el grupo 833; y entre los grupos 851 y el 999.

1 de junio

En la sección 1, los comprendidos entre los grupos 011 y el 495; entre los grupos 611 y el 631; y entre los grupos 761 y el 832.

En la sección 3, los comprendidos entre los grupos 011 y el 059.

No obstante, anticipar la obligación TicketBAI en el periodo voluntario ofrecía importantes beneficios fiscales adicionales a las ventajas que ofrece la implantación del sistema.

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(*) Quienes prestan con habitualidad servicios de gestión en materia tributaria, a los que se refiere el artículo 9 de la Orden Foral 582/2014, de 5 de noviembre, la fecha del período obligatorio de TicketBAI será el 1 de julio de 2022.