Con carácter excepcional, expedir licencias temporales de caza a personas residentes en otras comunidades autónomas, o en el extranjero, que carezcan de la licencia de caza de la CAPV.
Abono de la tasa y obtención del justificante de pago (el justificante de pago debe acompañar la licencia de caza de la Comunidad Autónoma del País Vasco).