El Juzgado de lo Contencioso declara nula la rescisión del contrato de la primera adjudicación de la incineradora
El Juzgado de lo Contencioso declara nula la rescisión del contrato de la primera adjudicación de la incineradora
El Juzgado de lo Contencioso declara nula la rescisión del contrato de la primera adjudicación de la incineradora
Asensio: “Hemos dado traslado a de la sentencia a los servicios jurídicos y exigiremos todas las responsabilidades”.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de los Donostia-San Sebastián, mediante sentencia notificada en el día de hoy, ha decretado la nulidad de pleno derecho del Acuerdo de la Asamblea General del Consorcio de Residuos de Gipuzkoa de fecha de 25.11.2103, que, a su vez, aprobó el Acuerdo de 13.11.2013 de GHK SAU, de Resolución del Contrato entre GHK y la UTE formada FCCSA SBSL AYUSA CMSA HZIAG para la construcción, puesta en marcha y explotación del Centro de Gestión de Residuos de Gipuzkoa (CGRG).
El fallo de la resolución estima el recurso interpuesto por las Mancomunidades de Debabarrena y San Marcos y los Asambleístas, Don Arcadio Benitez Dávila, Don Ricardo Gárate Zubiaurre, D.Ioseba Arrizabalaga Mendicute, D. Denis Itxaso González y D. Igor Iturain Ibarguren contra los acuerdos referidos en el párrafo anterior y los declara no ajustados a derecho y los anula dejándolos sin efecto.
La argumentación jurídica de la resolución se fundamenta en la existencia de una evidente desviación de poder y ausencia de competencia en las decisiones adoptadas, al no resultar controvertido que la NF 7/2008, que aprueba el modelo de Gestión de Residuos contempla como infraestructura la existencia de una Planta de Valorización Energética, así como que, el Consorcio y GHKSAU deban hacer efectivo el modelo recogido en la citada NF, sin que exista, una modificación de dicho régimen normativo que, sin embargo, ha pretendido ser vaciado de contenido de forma indirecta mediante una instrumentalización del Consorcio por parte de GHK.
En el procedimiento comparecieron como demandados, el Consorcio de Residuos y GHK y como interesados, Tolosako Mankomunitatea, Urola Erdiko Mankomunitatea, Urola Kostako Mankomunitatea, Sasieta Mankomunitatea y Doña Amaia Azkue, D.Imanol Azpiroz, D. Ruben Alberdi, Doña Ainhoa Ugalde, D. Iñaki Errazkin, D. Azeari Sumakila, Doña Ainhoa Intxaurrandieta, D. Unia Iraola, Doña Leire Etxaniz, Doña Ainhoa Iraola, Doña Amaia Guruzeta, Doña Lire Egaña y Doña Inmaculada Beristain.
La rescisión del contrato provocó que la Diputación Foral de Gipuzkoa tuviera que hacer frente a una indemnización de más de 8 millones de euros a los anteriores adjudicatarios, además de abonar los trabajos preparatorios realizados que supusieron otros tres millones. Asimismo y como consecuencia de la rescisión, se perdió la financiación otorgada por el BEI y ha sido necesario hacer frente a otros costes derivados, que ha supuesto unas pérdidas acumuladas para GHK de más de 40 millones de euros.
A la vista de la sentencia, el diputado de Medio Ambiente, José Ignacio Asensio, ha manifestado que ha dado traslado a los servicios jurídicos para que establezcan las responsabilidades de tipo jurídico que se pudieran derivar contra los responsables del anterior gobierno foral. Asimismo, Asensio ha destacado que la decisión ahora anulada perjudicó a toda Gipuzkoa por las pérdidas económicas, el deterioro de nuestra credibilidad ante las instituciones europeas y la actual carencia de infraestructuras con sus consecuencias medioambientales. “Lo más grave es que todo ello se hizo a sabiendas y anteponiendo una estrategia política al interés de los guipuzcoanos”. El responsable foral de medio ambiente ha recordado que esta situación fue advertida de manera reiterada y demuestra que “el anterior gobierno de EH-Bildu vulneró la legalidad y quiso pasar por encima de la voluntad de los guipuzcoanos, ignorando lo aprobado por la mayoría en las Juntas Generales”.
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