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Gipuzkoa mejora competencias fiscales a consecuencia de la renovación del Concierto

Las Juntas Generales, reunidas en Pleno itinerante en Zumaia, han aprobado hoy la el Decreto Foral-Norma que recoge el paquete de medidas

02/07/2018

El acuerdo de renovación del Concierto Económico acordado el año pasado entre las instituciones de la Comunidad Autónoma Vasca y el Gobierno español sigue dando sus frutos. En este sentido, las Juntas Generales de Gipuzkoa, reunidas en su tradicional Pleno itinerante anual en Zumaia, han debatido y aprobado la el Decreto Foral-Norma que recoge las modificaciones fiscales necesarias para adaptar el acuerdo a la normativa del territorio. Gracias a ello, Gipuzkoa mejora sus competencias fiscales en Impuesto sobre Sociedades, No Residentes, Sucesiones y Norma Foral General Tributaria. “El acuerdo alcanzado en Madrid da estabilidad a las instituciones vascas a corto y medio plazo, y además refuerza nuestras competencias a través de las modificaciones aprobadas hoy”, ha dicho el diputado de Hacienda y Finanzas, Jabier Larrañaga. El responsable foral ha tomado la palabra para defender la idoneidad del citado texto normativo, que ha contado con el respaldo de EAJ/PNV, EH Bildu, PSE-EE y PP. Ahal Dugu-Podemos se han abstenido. Larrañaga ha explicado que el articulado se ha tramitado por procedimiento de urgencia para alinear la normativa guipuzcoana con lo que fija la Ley 10/2017 que modifica el Concierto Económico, ya que es necesario “mantener la coordinación con el resto de territorios históricos y el Estado”. 
De este modo, en el Impuesto sobre Sociedades, se adoptan dos medidas principales que afectan a sujetos jurídicos que operan tanto en suelo vasco como en territorio común. Así, se eleva de siete a diez millones de euros el límite de volumen para definir a quién corresponde la competencia de hacer cobrar e inspeccionar el impuesto, así como para decidir qué normativa le es aplicable. A aquellos casos que superen los diez millones de euros, se les aplicará normativa guipuzcoana y será la Hacienda foral la competente en materia inspectora si el 75% de las operaciones realizadas durante el año se han llevado a cabo en Euskadi. 
Por su parte, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en adelante Gipuzkoa será competente para recaudar el tributo en los casos en los que el o la contribuyente resida en el extranjero pero la mayoría de su patrimonio esté en nuestro territorio. Asimismo, la Hacienda foral también obtiene la competencia en las sucesiones de causantes no residentes en el Estado cuando la persona heredera resida en Gipuzkoa, así como en las donaciones a residentes en el territorio de inmuebles ubicados en el extranjero. 
Mientras, en el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes, las modificaciones van en la misma dirección, ya que se amplían los supuestos en los que la institución competente en materia inspectora es competente para cobrar y devolver el tributo. Hasta ahora, esto recaía en la administración del territorio donde la persona contribuyente tuviese fijada su residencia. Y por último, se modifica la Norma Foral General Tributaria para coordinar procedimientos y competencias con el resto de territorios. 
Larrañaga ha señalado que en su conjunto las modificaciones tienen alcance limitado en lo cuantitativo, “pero suponen una mejora de nuestras competencias”. En vista de todo esto, el responsable de la Hacienda guipuzcoana ha puesto en valor la importancia cualitativa de estas modificaciones, insistiendo en la idoneidad del acuerdo alcanzado en torno al Cupo y el Concierto: “Por un lado, con la liquidación del Cupo, despejamos con un elemento de inseguridad de calado que se cernía sobre nuestras instituciones; por el otro, con la renovación del Concierto, como hemos expuesto hoy, introducimos mejoras en nuestras normativa”.

 

  

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