Se declaran los servicios de telecomunicaciones, radiodifusión o TV y electrónicos prestados a personas que no tengan la condición de empresario o profesional efectuadas en el trimestre anterior.
La regularización de las proporciones de tributación de los períodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios.
Declarar en el Régimen General las operaciones efectuadas durante todo el año. En el Régimen Simplificado se declara en función de los índices, módulos y demás parámetros establecidos.
Contribuyentes que hayan realizado entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes, operaciones triangulares, así como quienes hayan prestado o recibido servicios intracomunitarios.
Se declaran las entregas intracomunitarias, exportaciones y servicios comprendidos en el régimen especial prestados a destinatarios no establecidos, efectuados en el trimestre anterior.
La regularización de las proporciones de tributación de los períodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios.