Envíos anuales en cantidad >= a 50.000 litros de los citados productos enviados con aplicación de la exención contemplada en el apartado 1 del artículo 51 de la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales.
Contribuyentes que hayan realizado entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes, operaciones triangulares, así como quienes hayan prestado o recibido servicios intracomunitarios.
Declarar las operaciones de seguro y capitalización sujetas y no exentas del impuesto efectuadas durante el mes anterior a la presentación de la declaración.
Elaborar y presentar el formulario del pago fraccionado las empresas que tributen bajo normativa estatal y a su vez tributen en Gipuzkoa por volumen de operaciones.