Retribuciones y horarios

A los Maestros se ordenaba pagarles doce reales de vellón a los que asistieran personalmente a dirigir y distribuir la obra y calafatear el Lomber, Alcázar, Castillete, Costados y similares, y a los de carena de fuego por la mayor faena quince reales.

En cuando a las jornadas que deben llevar y horas que deben trabajar los Carpinteros se arreglara a la costumbre y convenio de las partes (número X). En lo referente al jornal de los aprendices (número XI) se seguirá la costumbre que hasta ahora es que en el primer año de su estudio cuatro reales y el tercer año cinco, sin distinción de obra, con lo que podrá costear el Maestro sus alimentos y demás gastos. El quinto año si es que hubiere adelantado y aprovechado lo necesario cobrará lo mismo que los oficiales.

Además tendrá que hacerles trabajar incesantemente en todas las obras y horas que el tiempo, situación del navío y las mareas lo permitieran y de lo contrario les bajara de sus salarios, a los maestros, el importe de los daños que se verificara haber causado por omisión y falta de cuidado.

 

Ilustraciones de Julen Zabaleta

Marrazkia

 

Bibliografía

  • Paisaje naval, construcción y agentes sociales en Vizcaya desde el medioevo y la modernidad. Ana María Rivera Media. La construcción naval en el País Vasco, pág. 49-92 Museo Naval San Sebastián. 1998.
  • Oficios tradicionales III. Urdangarin, Carmelo - Izaga, José María -  Lizarralde, Koldo. Diputación Foral de Gipuzkoa. Departamento de Economía y Turismo. San Sebastián. 1999.
  • Oficios tradicionales III. Urdangarin, Carmelo - Izaga, José María. Diputación Foral de Gipuzkoa. Departamento de Economía y Turismo. San Sebastián. 2003.