El aprendizaje

Diversos documentos atestiguan que durante el siglo XVII uno de los oficios que deban ocupación a numerosos artesanos fue el de zapatero, cuyo aprendizaje siempre ha sido largo y complejo hasta épocas recientes.

Sobre todo los padres de familia numerosa mandaban a alguno de sus hijos a aprender este oficio con lo que evitaban los gastos de su alimentación y vestimenta. Uno de los testimonios recogidos es el del viudo Pascual de Osoro que en febrero de 1.756 mandó a su hijo Francisco de 14 años a San Sebastián. Como quiera que era menor de edad su padre estaba obligado a nombrar un tutor que residiese en el mismo lugar del aprendizaje. De esta manera el designado podía contratar con el maestro las condiciones en que se llevara a cabo la enseñanza del oficio.

Normalmente los contratos de aprendizaje se realizaban con una duración de cinco años con la obligación del aprendiz de no ausentarse, pues si esto sucediese, sus tutores estaban obligados a pagarle al maestro zapatero una onza de oro por cada año. Por su parte el enseñante debía "darle mano al aprendiz", haciéndole hábil y capaz en el oficio de modo que pudiera trabajar cualquier zapato. Además debía proveerle del calzado necesario para uso propio así como de un par de calzones nuevos para los días de labor y atender a su manutención.

Transcurridos casi dos siglos, los primeros años cuarenta, el aprendizaje de los zapateros seguía iniciándose como auxiliar de los maestros para una vez conocido el oficio -dos o tres años- establecerse por su cuenta. Así lo hizo Julio Milikua Odriozola del caserío "Bittoitte" de Mallabia que aprendió la profesión con Juan González "Zapata" en su taller de la calle Arragüeta de Eibar sin percibir remuneración alguna como era costumbre en la época. Más tarde desempeñó el oficio en Zaldibar y Markina donde empezó a enseñar a aprendices.

ZapateroEl zapatero, posiblemente del siglo pasado, desempeñando su oficio en la vía pública.

 

Archivo Histórico Protocolos Guipuzcoanos Oñate. Legajo 1.696, folio 147 A.H.P.G.O.L. 960 folio 128.