Horario de teléfono: de lunes a viernes 08:00 - 15:00
Horario de oficina: de lunes a viernes 08:30 - 14:00
Es necesario pedir cita en el teléfono 943 11 21 11
A continuación se describen las principales ayudas económicas a disposición de la ciudadanía.
Si tiene contratada una persona que no es familiar para prestarle apoyo en la vida diaria, puede solicitar una ayuda económica mensual para contribuir a ese coste. La cuantía de la ayuda depende del grado de dependencia y es compatible con utilizar la Ayuda a Domicilio o el servicio de Centro de Día. El gasto debe justificarse.
Si ha solicitado una plaza pública residencial o de centro de día y la Diputación lo ha aprobado pero no le facilita la plaza, puede solicitar una ayuda económica mensual para contribuir al coste de una plaza contratada privadamente. La cuantía de la ayuda depende del grado de dependencia. El gasto debe justificarse.
Consulta el trámite en la sede electrónicaSi recibe apoyo por parte de una persona familiar con la que convive, puede solicitar una ayuda económica mensual. La cuantía de la ayuda depende del grado de dependencia y es compatible con utilizar la Ayuda a Domicilio o el servicio de Centro de Día.
Consulta el trámite en la sede electrónicaSon pensiones de la Seguridad Social pero en Euskadi las gestionan las Diputaciones Forales. Hay dos modalidades (invalidez y jubilación) y se destinan a personas que carecen de unos ingresos mínimos.
Consulta el trámite en la sede electrónica
Realizar la declaración anual de la Pensión No ContributivaLas personas que perciben Pensiones No Contributivas tienen derecho a una ayuda complementaria si tienen gastos de alquiler. Este complemento se abona una vez al año.
Consulta el trámite en la sede electrónicaLas personas que perciben Pensiones No Contributivas tienen derecho a una ayuda complementaria si tienen gastos de alquiler. Este complemento se abona una vez al año.
Consulta el trámite en la sede electrónicaSon pensiones de la Seguridad Social pero en Euskadi las gestionan las Diputaciones Forales. Hay dos modalidades (invalidez y jubilación) y se destinan a personas que carecen de unos ingresos mínimos.
Consulta el trámite en la sede electrónica
Realizar la declaración anual de la Pensión No ContributivaEs una ayuda económica mensual para personas que por su discapacidad tienen graves dificultades para usar transportes colectivos.
Consulta el trámite en la sede electrónicaEs una ayuda mensual para favorecer la autonomía personal y la integración social de personas con discapacidad o en situación de dependencia, mediante la contratación de la asistencia personal que sea necesaria.
Consulta el trámite en la sede electrónicaSi tiene contratada una persona que no es familiar para prestarle apoyo en la vida diaria, puede solicitar una ayuda económica mensual para contribuir a ese coste. La cuantía de la ayuda depende del grado de dependencia y es compatible con utilizar la Ayuda a Domicilio o el servicio de Centro de Día. El gasto debe justificarse.
Si recibe apoyo por parte de una persona familiar con la que convive, puede solicitar una ayuda económica mensual. La cuantía de la ayuda depende del grado de dependencia y es compatible con utilizar la Ayuda a Domicilio o el servicio de Centro de Día.
Consulta el trámite en la sede electrónicaAyuda económica para jóvenes de 18 a 23 años que no tienen derecho a otras prestaciones económicas y participan de un proceso de incorporación social en un recurso conveniado con la Diputación Foral de Gipuzkoa, durante al menos 6 meses. La solicitud se presenta a través de la entidad social que gestiona el recurso en el que el o la joven esté participando, y siempre que haya una buena evolución en la intervención llevada a cabo. La concesión de la ayuda económica conlleva la participación en un programa de acompañamiento especializado. Las ayudas deben renovarse cada 6 meses, según la evolución del proceso.
Las personas que perciben Pensiones No Contributivas tienen derecho a una ayuda complementaria si tienen gastos de alquiler. Este complemento se abona una vez al año.
Consulta el trámite en la sede electrónicaSon pensiones de la Seguridad Social pero en Euskadi las gestionan las Diputaciones Forales. Hay dos modalidades (invalidez y jubilación) y se destinan a personas que carecen de unos ingresos mínimos.
Consulta el trámite en la sede electrónica
Realizar la declaración anual de la Pensión No ContributivaEl Decreto Foral 35/1999, modificado por el Decreto 34/2006, regula las ayudas económicas relacionadas con la protección, desarrollo personal e integración social de personas menores de edad en situación de desamparo. Mediante la Orden Foral número 603 de 23 de abril de 2008 se actualizó la cuantía económica.
Las ayudas para el acogimiento familiar recogen tres supuestos:
El Decreto Foral 33/2004 regula las ayudas complementarias a familias y personas menores de edad participantes en los programas de intervención familiar y a niños y niñas en situación de acogida de urgencia.
Por otro lado, el Decreto Foral 35/1999, modificado por el Decreto 34/2006, regula las ayudas económicas relacionadas con la protección, desarrollo personal e integración social de las personas menores de edad en situación de desamparo.
El objetivo de estas ayudas es atender aquellas necesidades presentes en las niñas, niños y adolescentes en acogimiento o participantes en programas (refuerzo escolar, tratamientos de odontología, adquisición de artículos de oftalmología, etc.), siempre y cuando estas necesidades no puedan ser cubiertas por la red de recursos públicos ni mediante los recursos propios de las familias.
El Decreto Foral 33/2004 regula las prestaciones económicas a familias extensas con personas menores de edad en régimen de guarda de hecho, es decir, sin que exista una formalización de dicha situación, entendiendo que se trata de un apoyo de la red natural del niño o niña caracterizado por su faceta preventiva.
Determinados niños y niñas en situación de riesgo social son acogidos por sus familiares -sin relación de primer grado- a fin de evitar que dicho riesgo desemboque en una situación de desamparo. La atención en familia extensa sin formalizar la figura del acogimiento es conocida habitualmente como “guarda de hecho en familia”, y se considera un elemento necesario de apoyo caracterizado por su carácter preventivo. Por lo tanto, con estas ayudas se busca posibilitar al niño o niña en situación de desprotección y riesgo social, un contexto normalizado en su familia extensa, evitar internamientos, favorecer procesos de desinstitucionalización y proporcionar los apoyos necesarios que favorezcan su integración social.
La ayuda para 2015 está establecida en 174 euros mensuales, no pudiendo superar la cantidad de 696,00 euros mensuales por familia guardadora.