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Puede solicitar el título de familia numerosa en las siguientes oficinas:
También puede solicitarlo telemáticamente, a través de la página web del Departamento de Cuidados y Políticas Sociales ( www.gizartepolitika.eus ) o a través de la sede electrónica de Diputación. Para ello, es necesario disponer de identificación electrónica (B@kQ o certificado digital).
Por último, los servicios sociales de la mayoría de los ayuntamientos también tramitan la solicitud. Consúltelo previamente en su municipio.
Puede solicitarla a través del teléfono del departamento 943112111 o por email a familiaugariak@gipuzkoa.eus.
Se considera familia numerosa a la compuesta por:
Entran en el título los dos ascendientes solo si están casados o son pareja de hecho registrada. Si no, sólo uno.
Los hijos deben estar solteros, convivir con los padres, depender económicamente de ellos y tener menos de 21 años, o de 26 si estudian. En el caso de los hijos discapacitados no se tiene en cuenta el límite de edad.
No obstante, una vez obtenido el título, el mismo seguirá en vigor para los hijos/as que sigan cumpliendo las condiciones (estado civil, edad, convivencia y dependencia económica) aunque el número total de los mismos sea inferior al requerido para la obtención del título por haberse dado de baja algún otro hijo. En estos casos el título se mantendrá con la misma categoría (general o especial), salvo que se tratase de una categoría especial obtenida por tener cuatro hijos/as con recursos económicos bajos, en cuyo caso pasará a categoría general.
Tanto en la primera solicitud del título de familia numerosa como en las renovaciones, las tarjetas individuales son enviadas por correo al domicilio indicado en la solicitud.
Las tarjetas se obtienen a partir de los 5 años.
El título de familia numerosa se puede renovar tres meses antes de su fecha de caducidad.
No obstante, deberá solicitar su renovación cuando cambie cualquier dato de los que aparecen en el título:
En todos los casos anteriores, hay que entregar el título original vigente para hacer esta modificación.
No obstante en los casos en los que se haya obtenido la categoría especial por tener 5 o más hijos o por tener 4, de los cuales 3 procedan de parto o adopción múltiple, se mantendrá la categoría especial para dicho título aunque el número de hijos sea inferior al requerido para esta categoría por haberse dado de baja algún hijo.
Serán beneficiarias las personas con residencia habitual en el Territorio Histórico de Gipuzkoa y que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. La tarjeta de discapacidad es un documento personal e intransferible que acredita a su titular el grado de discapacidad reconocido.
Para que dicha acreditación surta efectos la tarjeta de discapacidad habrá de presentarse siempre con el documento identificativo correspondiente: D.N.I. o N.I.E.
Los organismos o entidades que lo consideren oportuno, podrán solicitar la presentación de la resolución de reconocimiento de grado de discapacidad.
La tarjeta de discapacidad la expedirá el Departamento de Cuidados y Políticas Sociales de la DFG de forma automática a su titular una vez que se reconozca un grado de discapacidad igual o superior al 33% mediante la resolución correspondiente.
Supuestos para su devolución:
En todo caso, el Departamento de Cuidados y Políticas Sociales cancelará de oficio la tarjeta perdida o robada.
La tarjeta de discapacidad tendrá la vigencia que se exprese en la resolución de reconocimiento de grado de discapacidad, pudiendo ser indefinida o establecer una fecha de validez determinada de acuerdo con la provisionalidad de la valoración establecida en aquélla.
Dentro del concepto de traslado a centros residenciales se pueden plantear tres situaciones que presentan características y procedimientos diferentes.
(Decreto Foral 7/2015, de 24 de marzo. Artículo 33, 34,36)
Descripción
Personas que están siendo atendidas en una plaza de la red pública o concertada de la Diputación Foral de Gipuzkoa y que desean trasladarse a una plaza pública o concertada de otra residencia en Gipuzkoa.
Motivos de traslado
Procedimiento
La solicitud de traslado se podrá realizar en el centro en donde se encuentre atendida la persona, en los Servicios Sociales de Base, o en el Departamento de Cuidados y Políticas Sociales.
* El procedimiento de esta solicitud se regirá por lo establecido en la normativa vigente para este servicio.
* El procedimiento de esta solicitud se regirá por lo establecido en la normativa vigente para este servicio.
Las ayudas de dependencia se solicitan en los servicios sociales municipales, y si la documentación necesaria es correcta, la solicitud pasa a la Diputación Foral, que debe aprobarla o rechazarla en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de solicitud. Si es aprobada, los efectos económicos se cuentan desde el primer día del mes siguiente a la fecha de solicitud, es decir que se perciben atrasos si el procedimiento se prolonga.
La fecha concreta de cobro depende de la capacidad de la Diputación Foral de Gipuzkoa para resolver el volumen de solicitudes que recibe, pero normalmente está entre dos y tres meses desde la fecha de solicitud.
La Diputación establece una aportación máxima de la persona usuaria que es igual en todas las residencias que financia, pero varía con el tipo de plaza.
Las persona usuaria de la residencia en ningún caso abona el coste total del servicio, siempre existe financiación por parte de la Diputación, incluso en los casos que la persona abona la aportación máxima. La aportación máxima se establece en el 75% del coste del servicio.
Juana tiene una pensión de 700 euros mensuales y unos ahorros de 16.000 euros y necesita una plaza de gran dependiente.
(*) Servicios dirigidos a personas mayores y resto de edades.
Sí, el que se contempla como eliminación de barreras en el interior de la vivienda en el Decreto Foral 87/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula la concesión de las ayudas individuales del Programa Etxean dirigidas a personas con discapacidad o en situación de dependencia.
Se resumen a continuación algunas notas de interés:
Puede visualizar las residencias de su comarca entrando en la siguiente dirección: http://www.behagi.eus/es/recursos/ que le llevará al Directorio de Centros. Seleccionando "comarca" (su comarca), "Tipo de centro" (centros residenciales) y "colectivo" (personas mayores) el mapa mostrará la ubicación de los centros.
Acercándose a los marcadores de cada centro podrá ver el nombre del mismo, y pulsando sobre el nombre, tendrá acceso a los datos básicos (dirección, teléfono, correo electrónico, número de plazas). Así mismo, pulsando "ver mapa" podrá ver la residencia de su comarca hasta el nivel de vista desde la calle.
Es un modo de ayudar (a un niño, niña o adolescente) aceptarlo en tu familia:
El acogimiento no es una adopción, ni un paso para llegar a ella. No busca sustituir a la familia del menor, que debe ser respetada en todo momento.
Hay diferentes tipos de familias y puedes elegir cuál quieres ser según tu disponibilidad y preparación.
De urgencia (duración hasta un máximo de 6 meses)
Es para niños y niñas que necesitan una atención inmediata, en los que todavía se está valorando si van a poder volver con sus familias. Mientras se valora esto y durante como mucho 6 meses estos niños estarán con estas familias de urgencia.
Temporal (duración hasta 2 años)
Para esos casos en los que las familias de los niños, niñas y adolescentes, con ayuda profesional y trabajando para ello, pueden llegar a ser capaces de cuidar bien de sus hijos. Por eso las familias de acogida temporal, ayudan a estos niños durante ese tiempo (máximo 2 años) que van a estar fuera de sus propias familias y les cuidan y ayudan a prepararse para volver con sus familias.
Permanente (duración indefinida)
Cuando ya se ha visto que el niño no va a poder volver con su familia, se buscan familias que quieran estar con ellos para mucho más tiempo. Puede durar hasta los 18 años.
Especializado
Hay niños que tienen necesidades especiales o necesitan de una atención mucho mayor y por eso necesitan de familias que estén especialmente preparadas con formación específica para cuidarles.
Más información sobre las Familias de AcogidaCualquier persona o familia que esté dispuesta a embarcarse en esta aventura.
Eso sí, es necesario: