Actividades prioritarias de mecenazgo en el deporte

 

Normativa

Norma Foral 3/2004, de 7 de abril (publicado el 19 de abril de 2004), de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo;

  • Capítulo IV del Título III; se recogen los incentivos fiscales aplicables a las actividades declaradas prioritarias.
  • Artículo 29; se establece que la Diputación podrá establecer para cada ejercicio una relación de actividades prioritarias de mecenazgo, entidades beneficiarias y requisitos y condiciones.

Decreto Foral 18/2024 que declara la lista de las actividades prioritarias de mecenazgo para 2024;

  • Actividades de deporte escolar de los cursos 2023-2024 y 2024-2025
  • Participación de clubes deportivos, selecciones y deportistas guipuzcoanos/as en competiciones deportivas
  • Acontecimientos deportivos
  • Actividades deportivas y/o competiciones protagonizadas por mujeres o que impulsen su participación
  • Programas de deporte adaptado y/o inclusivo en Gipuzkoa
  • Programas con el objetivo de sostener los equipos y deportistas de alto rendimiento deportivo en Gipuzkoa

 

Solicitud

La solicitud se puede presentar, mediante:

- Registro electrónico, las 24 horas todos los días del año, en la dirección: https://egoitza.gipuzkoa.eus y los enlaces: trámites y registro electrónico.

- Las personas físicas, también, presencialmente, en los siguientes lugares y horarios:

  • Registro del Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes, Calle Okendo, 20-1ª planta, San Sebastián. Horario: 8,30 a 14,00 h (de lunes a viernes).
  • Registro Central. Palacio Foral. Plaza de Gipuzkoa s/n (entrada). Horario: 8,30 a 18,30 h. (de lunes a jueves). De 8,30 a 14,30 h. (viernes).
  • En las oficinas de correos. En este caso deberá entregar el sobre abierto para que le sellen su escrito de solicitud con la fecha de entrega, y si desea justificante deberá solicitar que le sellen una copia.

Dicha solicitud deberá estar acompañada de una memoria descriptiva de la actividad o programa para el cual se solicita el carácter de prioritario y un presupuesto de inversiones, gastos e ingresos.

Finalmente, recordarles, que si bien el plazo finaliza el día 1 de diciembre de 2024, les rogamos que, en lo posible, anticipen la presentación de su solicitud.

 

Memoria

En la memoria a la que se refiere el apartado 1 del artículo 8 del Decreto Foral 87/2004, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo, habrá que incluir la siguiente información sobre el impacto de género y sobre el cumplimiento, por parte de la actividad o programa, de los objetivos de eliminación de estereotipos de género y de fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres:

a) Datos desagregados en función del sexo.

b) Cuando las actividades o programas sean desarrollados por personas jurídicas, información sobre la composición de sus órganos de gobierno.

c) Colectivo destinatario de las actividades o programas y el objetivo que se persigue lograr a través de los mismos.