El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, ha establecido el marco para el uso sostenible de los productos fitosanitarios. Dicha ley ha supuesto numerosos cambios en cuanto a los requisitos a cumplir por los usuarios de productos sanitarios. Entre otras, todas las explotaciones deberán cumplir la Gestión Integrada de plagas.
Todas las explotaciones deben cumplir con la Gestión Integrada de plagas. Lo cual se podrá acreditar de tres formas posibles:
Estarán exentas de dicha acreditación aquellas explotaciones que tengan una baja utilización de fitosantiarios (Lista de cultivos exentos de asesoramiento del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio ambiente).
El ROPO se estructura en cuatro secciones:
La inscripción en el ROPO es obligatoria para todos los sectores descritos, salvo para los establecimientos que comercialicen exclusivamente productos fitosanitarios para usos no profesionales.
La inscripción tiene una validez de 10 años y debe renovarse antes de concluir este plazo.
Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
La inscripción en el ROPO es obligatoria para todos los sectores descritos, salvo para los establecimientos que comercialicen exclusivamente productos fitosanitarios para usos no profesionales.
La inscripción tiene una validez de 10 años y debe renovarse antes de concluir este plazo.
Documentos para la inscripción en base al sector:
Para la baja en el ROPO se debe cumplimentar el siguiente documento:
La documentación puede presentarse a través del registro general de la sede electrónica.
El objetivo de este programa es controlar la comercialización de productos fitosanitarios para garantizar un alto grado de protección de la salud humana y animal y del medio ambiente, a la vez que salvaguardar la competitividad de la agricultura.
Para ello, se inspeccionan los establecimiento de venta inscritos en el ROPO para comprobar se la venta de estos productos se realiza conforme a la normativa establecida.
Listado de empresas suministradoras de productos fitosanitarios de Gipuzkoa
Todos los alimentos destinados al consumo humano o animal en la Unión Europea (UE) están sujetos a un límite máximo de residuos de plaguicidas en su composición con el fin de proteger la salud humana y animal. El Derecho de la UE regula los límites aplicables a los diferentes productos de alimentación y fija un límite máximo aplicable por defecto.
Enlace a base de datos europea de pesticidas.
Euskal Autonomia Erkidegoko nekazaritzako ustiategi guztiek izan behar dute ustiategien koadernoa.Bertan jasota egon behar dira:
Produktu fitosanitarioen ontzi hutsak eraman behar dira SIGFITO entrega guneetara. Gune horietan ematen zaio nekazariari entrega horren egiaztagiria.Gaur egun, 6 SIGFITO gune daude Gipuzkoan.
Izena | ||
---|---|---|
G.I.L.B.E. | Zizurkil | 943493294 |
Nekazarien Etxea S.Coop. | Irun | 943620159 |
Goikoetxea Albisu, S.L. | Aduna | 943693727 |
Alkartasuna Kooperatiba | Usurbil | 943361114 |
Cia Agrícola I. Castro S.L. | Itziar | 943199355 |
EHNELUR S.C.L | Anoeta | 943655880 |
Hondakin fitosanitarioei dagokienez, baimenik gabe edo iraungita geratu diren produktuak eramateko: G.I.L.B.E da une hontan baimendutako bakarra.