Censos de representación


Para actuar ante el Departamento de Hacienda y Finanzas en nombre de otra persona de forma telemática es necesario tener una representación debidamente inscrita en alguno de los siguientes censos:

  • Censo de representación tributaria. Representación válida para actuar ante el Departamento de Hacienda y Finanzas en materias tributarias.
  • Censo de representación legal. Representación válida sin límite material alguno para actuar ante este y otros departamentos de la Diputación Foral.
  • Censo de representación corporativa. Representación válida para actuar ante el Departamento de Hacienda y Finanzas en materias no tributarias. Útil para personas proveedoras de la Diputación Foral de Gipuzkoa. 

Normativa

  • La normativa que afecta a los censos de representación está en el siguiente apartado: Acreditación de identidad y representación.
  • Orden Foral 286/2023, de 24 de junio, por la que se modifica la Orden Foral 614/2021, de 15 de noviembre, por la que se regula el censo de representación en materia tributaria del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa. (PDF)
  • Orden Foral 614/2021, de 15 de noviembre, por la que se regula el censo de representación en materia tributaria del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa. (PDF)
  • Orden Foral 1839/2021, de 12 de noviembre, por la que se modifica la Orden Foral 881/2014, de 4 de noviembre de 2014, de regulación del censo corporativo de representación voluntaria de la Diputación Foral Gipuzkoa.