Bonificaciones a empresas de nueva creación

  • El Ayuntamiento correspondiente debe aprobar una Ordenanza Fiscal reguladora de dicha bonificación.
  • Hasta el 50% de la cuota.
  • Cualquier actividad económica Sección 1ª (Empresarios), 2ª (Profesionales) y 3ª (Artistas).
  • Sólo cuota de ámbito municipal.
  • Se aplica a partir del momento en que finaliza la exención por inicio de actividad.
  • Durante los 5 años siguientes a la conclusión del segundo período impositivo. Es decir una actividad que esté exenta hasta el 31-12-2004, estará bonificada hasta el 31-12-2009.
  • Que no se haya ejercido bajo otra titularidad.

Los Ayuntamientos que han aprobado esta bonificación son los siguientes:

C.A Municipio % de Bonificaciones Fecha de aplicación

32

Elgoibar

50

B.O.G. 19/12/2003

33

Elgeta

50

B.O.G. 31/12/2010

39

Getaria

25

B.O.G. 31/12/2003

40

Hernani

50

B.O.G. 24/12/2003

46

Irura

50, 25

B.O.G. 31/12/2004

83

Lasarte-Oria

50

B.O.G. 01/12/2003

51

Legazpi

50

B.O.G. 31/12/2003

C.A.: Código Ayuntamiento

BOG: Boletín Oficial de Gipuzkoa