Exención por importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros

Sujetos pasivos exentos

Quienes tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.

  • 1ª Excepción: Sujetos pasivos de IAE que formen parte de un grupo de sociedades conforme al artículo 42 del Código de Comercio(PDF). Solamente estarán exentos si el importe neto de la cifra de negocios del grupo es inferior a 1.000.000 de euros.
  • 2ª excepción: Sujetos pasivos del IAE que se hallen participados directa o indirectamente en  un 25 por 100 o más por empresas que no estén exentas, excepto que se trate de fondos o sociedades de capital riesgo  (art. 59  de la Norma Foral 7/1996 del Impuesto sobre Sociedades (PDF) cuando la participación sea consecuencia del cumplimiento del objeto social de esta última.

Para calcular el  importe neto de la cifra de negocios se tendrá en cuenta el conjunto de las actividades económicas ejercidas por el mismo sujeto pasivo.

En el supuesto de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, se atenderá al  importe neto de la cifra de negocios imputable al conjunto de los establecimientos permanentes situados en territorio español.

Definición del  importe neto de la cifra de negocios

El importe neto de la cifra de negocios del sujeto pasivo se determinará de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado 2 del artículo 35 del Código de Comercio.

Impuestos de donde se obtiene el importe neto de la cifra de negocios

Residentes:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  • Impuesto sobre Sociedades (IS)

No residentes:

  • Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)

¿Quiénes deben comunicar el  importe neto de la cifra de negocios?

  • Sujetos pasivos de IAE que no presentan en Gipuzkoa los impuestos IRPF, IS ó IRNR.
  • Dentro de un grupo de sociedades, será la empresa dominante, conforme al artículo 42 del Código de Comercio (PDF). Si la dominante no presenta comunicación, se encargará de comunicar el índice neto de la cifra de negocios cualquiera otra de las sociedades del grupo.

¿Quiénes no deben comunicar el  importe neto de la cifra de negocios?

  • Sujetos pasivos de IAE que presentan en Gipuzkoa los impuestos IRPF, IS ó IRNR.

Modalidad para comunicar el importe neto de la cifra de negocios

  • Papel: Mediante la cumplimentación y entrega del Modelo 842 (PDF)

Cuadro resumen

Vea el siguiente cuadro gráfico (PDF) que resume de dónde se obtiene el volumen de operaciones y quiénes deben de declararlo.

Periodo impositivo del que se obtiene el  importe neto de la cifra de negocios

  • En el caso de sujetos pasivos del IRPF, IS ó IRNR, se tendrá en cuenta el importe neto de la cifra de negocios del período impositivo anterior al año de devengo del IAE.
  • En el caso de sociedades civiles y entes del artículo 35.3 de la Norma Foral General Tributaria (PDF), se tendrá en cuenta el importe neto de la cifra de negocios del penúltimo año anterior al del devengo del IAE.

Es decir:

Sujetos pasivos del IAE

Impuesto

Periodo impositivo

Residentes – Personas físicas

IRPF

El período impositivo cuyo plazo de presentación de declaraciones por dicho tributo hubiese finalizado el año anterior al del devengo del IAE.

Residentes – Personas jurídicas

IS

El período impositivo cuyo plazo de presentación de declaración por dicho tributo hubiese finalizado el año anterior al del devengo del IAE.

No residentes

IRNR

El período impositivo cuyo plazo de presentación de declaraciones por dichos tributos hubiese finalizado el año anterior al del devengo del IAE.


Ejemplo: En el año 2013, el período impositivo será, normalmente, el del año 2011, ya que dicha declaración se presentó en el 2012.

Nota: Si el período impositivo es inferior al año, el importe neto se elevará al año.

IAE: Impuesto sobre Actividades Económicas

IRPF: Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas

IS: Impuesto sobre Sociedades

IRNR: Impuesto sobre la Renta de No Residentes

NFGT: Norma Foral General Tributaria

Entidades (Son sujetos pasivos de IAE pero no de IRPF, IS y IRNR)

Año referido al importe neto de la cifra de negocios

Sociedades civiles

El penúltimo año anterior al del devengo del IAE.

Entidades del art.  35.3 de la NFGT

El penúltimo año anterior al del devengo del IAE.

Ejemplo: En el año 2013, el  importe neto de la cifra de negocios se referirá al del 2011.

Nota: Si el período es inferior al año, el importe neto de la cifra se elevará al año.

IAE: Impuesto sobre Actividades Económicas

IRPF: Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas

IS: Impuesto sobre Sociedades

IRNR: Impuesto sobre la Renta de No Residentes

NFGT: Norma Foral General Tributaria

Situaciones que se dan una vez calculado el importe  neto de la cifra de negocios.

Si el importe es >= 1.000.000 €:

Se girará liquidación o recibo

Si el importe es < 1.000.000 €:

Exento este año. Pero puede tributar en ejercicios posteriores.

Excepción: Estarán sujetos y se les girará liquidación o recibo si son

  • Sociedades que forman parte de un Grupo mercantil  que  no esté exento.
  • Sociedades que se hallen participadas directa o indirectamente en  un 25 por 100 o más por empresas que no estén exentas, excepto que se trate de fondos o sociedades de capital riesgo  cuando la participación sea consecuencia del cumplimiento del objeto social de esta última.

Sin  importe neto de la cifra de negocios:

  • Significa que no teniendo obligación de presentar en Gipuzkoa IRPF, IS ó IRNR  no ha comunicado el  importe neto de la cifra de negocios.
  • Deberán comunicar el  importe neto de la cifra de negocios. Si no lo comunican,  se emitirá liquidación o recibo.