050 Tasa por el mantenimiento de los servicios de prevención y extinción de incendios y de emergencias de la Diputación Foral de Gipuzkoa

¿Quienes deben presentarlo?

Las entidades o sociedades aseguradoras de pólizas de seguros de incendio y multirriesgo de bienes inmuebles ubicados en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, con exclusión de los riesgos asegurados en el término municipal de San Sebastián.

¿Qué se declara?

Las primas recaudadas por las pólizas de seguros de incendio y de multirriesgo, en el año anterior.

Modalidades de presentación

  • Internet: Mediante transmisión efectuada desde la plataforma ZergaBidea.

Lugar de presentación

En las entidades financieras colaboradoras.

Plazo de presentación

Se presentará durante el mes de junio de cada año.

Normativa

Norma Foral 8/2013, de 13 de diciembre, por la que se regula la tasa por el mantenimiento de los servicios de prevención y extinción de incendios y de emergencias de la Diputación Foral de Gipuzkoa (PDF).

Orden Foral 354/2014, de 29 de mayo, por la que se aprueba el modelo 050 de autoliquidación de la tasa por el mantenimiento de los servicios de prevención y extinción de incendios y de emergencias de la Diputación Foral de Gipuzkoa (PDF).