199 Identificación de las operaciones con cheques de las entidades de crédito. Declaración anual

¿Quiénes deben presentarlo?

Están obligadas a presentar el Modelo 199 las Entidades de crédito

¿Qué se declara?

Los cheques que las entidades de crédito:

  • Libren contra entrega de efectivo, bienes, valores u otros cheques, salvo los librados contra una cuenta bancaria.
  • Paguen en efectivo, y no en cuenta bancaria:
    • Emitidos por una entidad de crédito.
    • Librados por personas distintas por importe superior a 3.005,06 euros.

Modalidades de presentación

  • Editran: Transmisión obligatoria por Editran para declaraciones con grandes volúmenes de información (Entidades colaboradoras, Entidades de Previsión Social Voluntarias y Planes de Pensiones, Instituciones de Inversión Colectiva), y voluntaria para el resto de contribuyentes.

Plazo de presentación

Entre el 1 de enero y el 20 de febrero del año posterior al de la declaración.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo.

Diseños lógicos

Normativa

Orden Foral 377/2002, de 22 de abril, por la que se aprueba modelo 199. (PDF)

Impuestos relacionados (modelos)

109 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

201 Declaración Impuesto sobre Sociedades

200 Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes)