216 Retenciones e ingresos a cuenta de rentas obtenidas por no residentes sin establecimiento permanente. Autoliquidación.

 

¿Quiénes deben presentarlo?

La información necesaria para saber si debe presentar la declaración.

¿Qué se declara?

Se declaran las cantidades pagadas y retenidas en el trimestre o mes anterior.

La declaración será única para cada persona o entidad retenedora u obligada a ingresar a cuenta y comprenderá la totalidad de las retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondientes a las rentas satisfechas en el periodo objeto de la declaración.

No deberán incluirse en este modelo:

  • Las rentas obtenidas en la transmisión o reembolso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de instituciones de inversión colectiva. (modelo 117)
  • La retención o ingreso a cuenta a efectuar en las adquisiciones de bienes inmuebles. (modelo 211)

Modalidades de presentación

Plazo de presentación

  • Trimestral. La presentación se efectuará en los 25 primeros días naturales de los meses de abril, julio y octubre, por el primero, segundo y tercero trimestres del año, respectivamente. Por el cuarto trimestre del año, la presentación se efectuará hasta el 31 de enero del año siguiente. Si el último día del plazo de presentación resultara sábado o inhábil, el plazo se prorrogará al día hábil siguiente.
  • Mensual. A presentar por quienes tengan un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros. La presentación se efectuará en los 25 primeros días naturales de cada mes siguientes al mes al que corresponda la declaración salvo la del mes de diciembre que se efectuará hasta el 31 de enero del año siguiente. Por excepción, la presentación de la declaración correspondiente al mes de julio podrá efectuarse durante el período comprendido entre los días 1 de agosto y 25 de septiembre inmediatos posteriores. Si el último día del plazo de presentación resultara sábado o inhábil, el plazo se prorrogará al día hábil siguiente.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo. El modelo válido para presentar en papel se obtiene en ZergaBidea tras cumplimentarlo y una vez optado por dicha modalidad de presentación..

Normativa

Orden Foral 20/2024, de 31 de enero, por la que se aprueban el modelo 216 Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Autoliquidación, y se aprueban las formas y plazos de presentación. (PDF)

Norma Foral 16/2014, de 10 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Decreto Foral 11/2016, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Decreto Foral 90/1996, de 10 de diciembre, por el que se crea en el Departamento de Hacienda y Finanzas un Registro de Trabajadores Fronterizos. (PDF)

Impuestos relacionados (modelos)

296 Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de rentas obtenidas por no residentes sin establecimiento permanente