236 Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal 

¿Quiénes deben presentarlo?

Estarán obligadas a presentar el modelo 236 las personas o entidades a que se refiere el apartado 1 del artículo 61 del Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales, aprobado por el Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre, que hayan utilizado en España los mecanismos transfronterizos que hayan debido ser previamente declarados cuando concurra alguno de los criterios de conexión referidos en el artículo 61.1 de dicho reglamento

¿Qué se declara?

Deberá ser objeto de declaración en el modelo 236 la información sobre la utilización en España de los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal que hayan debido ser previamente declarados a la Diputación Foral de Gipuzkoa o a otra Administración tributaria en virtud de la obligación de declaración general a la que se refiere el artículo 8 bis ter. de la Directiva 2011/16/UE, cuando concurra alguno de los criterios de conexión.

Modalidades de presentación

Sistema de envío

El envío se realizará mediante invocación a un servicio web SOAP, mediante protocolo seguro.

La dirección del servicio son:

La petición SOAP se realizará mediante protocolo seguro con certificado:

  • Emitido por una de las entidades homologadas.
  • Vigente y no revocado.
  • La entidad titular del certificado debe ser:
    • El titular de la declaración presentada
    • Un representante del titular de la declaración, autorizado para la presentación de declaraciones en su nombre

Formato del envío

El formato de envío de la declaración debe ajustarse a los esquemas XML y el WSDL contenidos en el archivo: XSD-WSDL_Presentacion_DAC6v1.0_GIPUZKOA.zip

Además de cumplir los esquemas XML, la información debe cumplir ciertas normas de coherencia. En el siguiente manual de presentación se explican todos los requisitos adicionales a tener en cuenta a la hora de cumplimentar la información, para que la declaración sea aceptada. Se explican también los posibles tipos de respuesta y como interpretarlos.

Manual_Tecnico_M234_235_236_v1.14.pdf

En lo que se refiere a la dirección de presentación, no es aplicable lo que se indica en el manual de presentación sino lo descrito en esta página.

​Plazo de presentación

La presentación del modelo 236 deberá realizarse durante el último trimestre del año natural siguiente a aquel en el que se haya producido la utilización en España de los mecanismos transfronterizos que hayan debido ser previamente declarados.

 

Normativa

Orden Foral 281/2021, de 22 de mayo por la que se aprueban el modelo 234 de «Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal», el modelo 235 de «Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables» y el modelo 236 de «Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal», así como sus plazos y formas de presentación.

Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales (PDF).