509 Parte de incidencias

¿Quiénes deben presentarlo?

Los expedidores de documentos de acompañamiento, administrativos o comerciales, incluidos los simplificados, documentos que amparan la circulación de los productos objeto de los impuestos especiales de fabricación.

¿Qué se declara?

Las siguientes incidencias:

  • La no recepción del ejemplar nº 3 del documento (ejemplar a devolver al expedidor) en el plazo reglamentario.
  • Los cambios de destinatario y lugar de entrega.
  • El cambio de lugar de entrega.
  • Las pérdidas en la circulación y/o reintroducción en fábricas o depósitos fiscales.

Modalidades de presentación

  • Papel: Mediante cumplimentación y entrega del impreso 509.
  • Internet: A través de Gipuzkoataria, mediante el programa de ayuda 500/503/509/511/551/552.

Lugares de presentación  

  • Servicio de Impuestos Indirectos del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Paseo de Errotaburu 2, 20018 San Sebastián).

Plazo de presentación

El plazo de presentación del modelo 509 dependerá de la modalidad elegida y del tipo de incidencia que se declare.

Impresos  

La impresión de este archivo PDF es válida para la presentación de la declaración.

Programas de ayuda

Pulse en el programa correspondiente para proceder a su descarga.

Normativa

Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio de 1995, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales (PDF)

Orden Foral 1040/1997, de 17 de diciembre de 1997, que aprueba, entre otros, el modelo 509 (PDF)

Orden Foral 531/2000, de 11 de julio, que aprueba, entre otros, los diseños físicos y lógicos para la presentación mediante soporte magnético de los modelos 500/503/notas de entrega (PDF)

Decreto Foral 20/1998, de 3 de marzo, por el que se adapta la normativa tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa a lo dispuesto en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (PDF)

Otra información de interés