590 Solicitud de devolución por exportación o expedición

¿Quiénes deben presentarlo?

La información necesaria para saber si debe presentar el modelo 590.

¿Qué se declara?

Se utilizará para formular la solicitud de determinadas devoluciones.

Modalidades de presentación

Lugares de presentación

  1. En la aduana de exportación/expedición
  2. Servicio de Gestión de Impuestos Indirectos del Departamento para la Fiscalidad y las Finanzas (Paseo de Errotaburu 2, 20018 San Sebastián).

El modelo 590 se presentará primero en la aduana de exportación/expedición. Después, tras ser cumplimentado el modelo 590 por la aduana de exportación/expedición, ser presentará dicho modelo, junto con el documento de despacho aduanero de exportación, en el Servicio de Gestión de Impuestos Indirectos del Departamento para la Fiscalidad y las Finanzas.

Plazo de presentación

  • Podrá presentarse en cualquier momento. .

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo. El modelo válido para presentar en papel se obtiene en ZergaBidea tras cumplimentarlo y una vez optado por dicha modalidad de presentación.

Normativa

Decreto Foral Normativo 4/2023. Se abrirá en una ventana nueva., de 26 de julio, de Impuestos Especiales (PDF)
Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales (PDF)

Orden Foral 113/2009, de 16 de febrero, por la que se aprueban determinados modelos y se refunden y actualizan diversas normas de gestión, en relación con los Impuestos Especiales (PDF)

Otra información de interés

  • Cada solicitud sólo podrá comprender productos incluidos en una única declaración de exportación o expedición.
  • A efectos de las solicitudes de devolución por exportación o expedición, se tendrán en cuenta los tipos impositivos vigentes en el momento de devengo.