590 Solicitud de devolución por exportación o expedición

¿Quiénes deben presentarlo?

La información necesaria para saber si debe presentar el modelo 590.

¿Qué se declara?

Se utilizará para formular la solicitud de determinadas devoluciones.

Modalidades de presentación

  • Papel: Mediante entrega del modelo 590 previamente cumplimentado en ZergaBidea.
  • Internet: Mediante transmisión efectuada desde ZergaBidea del impreso.

Lugares de presentación

  1. En la aduana de exportación/expedición
  2. Servicio de Gestión de Impuestos Indirectos del Departamento para la Fiscalidad y las Finanzas (Paseo de Errotaburu 2, 20018 San Sebastián).

El modelo 590 se presentará primero en la aduana de exportación/expedición. Después, tras ser cumplimentado el modelo 590 por la aduana de exportación/expedición, ser presentará dicho modelo, junto con el documento de despacho aduanero de exportación, en el Servicio de Gestión de Impuestos Indirectos del Departamento para la Fiscalidad y las Finanzas.

Plazo de presentación

  • Podrá presentarse en cualquier momento. .

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo. El modelo válido para presentar en papel se obtiene en ZergaBidea tras cumplimentarlo y una vez optado por dicha modalidad de presentación.

Normativa

Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (PDF)
Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales (PDF)

Orden Foral 113/2009, de 16 de febrero, por la que se aprueban determinados modelos y se refunden y actualizan diversas normas de gestión, en relación con los Impuestos Especiales (PDF)

Otra información de interés

  • Cada solicitud sólo podrá comprender productos incluidos en una única declaración de exportación o expedición.
  • A efectos de las solicitudes de devolución por exportación o expedición, se tendrán en cuenta los tipos impositivos vigentes en el momento de devengo.