Solicitud de devolución. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. 

¿Quiénes pueden presentarlo?

Los importadores y los adquirentes a los que se refiere el artículo 15.1 del Decreto Foral Normativo 1/2023, de 9 de mayo, podrán solicitar la devolución del importe del impuesto pagado.

¿Qué se declara?

Las operaciones que motivan la solicitud de devolución. Dicha solicitud deberá ir acompañada de los justificantes que acrediten los hechos en que se fundamenta, así como aquellos que acrediten el pago del impuesto.

Modalidad de presentación

Internet. La solicitud de devolución deberá realizarse a través de la sección de escritos de ZergaBidea.

Plazo de presentación

A presentar dentro de los 25 primeros días naturales siguientes a aquel en que finaliza el trimestre en que se produzcan los hechos que motivan la solicitud de devolución, excepto la presentación que deba realizarse en el mes de enero, que se extenderá hasta el día 31 de dicho mes.

Normativa
 

Decreto Foral Normativo 1/2023, de 9 de mayo, del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.

Orden Foral 152/2023, de 5 de abril, por la que se aprueba el modelo 592 «Impuesto especial sobre los
envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación», se determina la forma y procedimiento para su presentación, así como la forma y procedimiento para la solicitud de devolución del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables y se regulan la inscripción en el registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias.