714 Impuesto sobre el Patrimonio

Los datos que aquí se presentan se refieren a la declaración del Impuesto sobre el patrimonio del año 2019, cuya declaración se presenta en el año 2020.

¿Quiénes deben presentarlo?

El Impuesto sobre el patrimonio se aplica a los siguientes contribuyentes:

a) Por obligación personal, a las personas físicas que estén sujetas como contribuyentes por el impuesto sobre la renta de las personas físicas cuya exacción corresponda a la Diputación Foral de Gipuzkoa, exigiéndose el impuesto por la totalidad de su patrimonio neto, con independencia del territorio donde radiquen los elementos patrimoniales objeto de tributación.

b) Por obligación real, a las personas físicas no residentes en territorio español que sean titulares de bienes y derechos que radiquen en territorio español, cuando radicando en territorio vasco el mayor valor de dichos bienes y derechos, el valor de los que radiquen en el Territorio Histórico de Gipuzkoa sea superior al valor de los que radiquen en cada uno de los otros Territorios Históricos.

c) A las personas físicas no residentes en territorio español que hubieran tenido su última residencia en Gipuzkoa, siempre que opten por tributar en Gipuzkoa conforme a la obligación personal. La opción deberá ejercitarse mediante la presentación de la autoliquidación por este impuesto en el primer ejercicio en que hubieran dejado de ser residentes en Gipuzkoa.

d) A las personas representantes y los funcionarios y las funcionarias del Estado español en el extranjero y de organismos, instituciones o de estados extranjeros en España, que quedarán sujetas a este impuesto por obligación personal o real, atendiendo a lo dispuesto para tales contribuyentes en la Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Están obligados a presentar autoliquidación por este impuesto los contribuyentes cuya autoliquidación resulte a ingresar o cuando, no dándose esta circunstancia, el valor de sus bienes o derechos, determinado de acuerdo con las normas reguladoras del impuesto, resulte superior a 3.000.000 de euros.

¿Qué se declara?

El impuesto sobre el patrimonio es un tributo de naturaleza personal y directa que grava el patrimonio neto de los contribuyentes. A los efectos de este impuesto, constituirá el patrimonio neto del contribuyente el conjunto de bienes y derechos de contenido económico de que sea titular a 31 de diciembre, minorado en las cargas y gravámenes que disminuyan su valor, y con deducción de las deudas y obligaciones personales de las que deba responder el contribuyente. 

Modalidades de presentación

Plazo de presentación

El plazo para presentar la declaración comienza el 15 de abril de 2020 y finaliza el 29 de julio de este mismo año.

Programa de ayuda

El programa de ayuda definitivo estará disponible a partir del 02/04/2020. Hasta entonces puede utilizar el simulador de patrimonio 2019.

Seleccione el programa de ayuda:

•    Zergabidea web

Principales aspectos patrimonio

Manual

En este manual de divulgación podrá consultar cualquier duda que tenga sobre el cálculo de la declaración, obligación de presentar la declaración, valoración de bienes, derechos y deudas patrimoniales, etc.

Está escrito en un lenguaje sencillo y con ejemplos ilustrativos en todos los apartados.

Normativa

Otra información de interés

Modelos relacionados