DDC Declaración del desglose de cuotas centralizadas del Impuesto sobre Hidrocarburos

¿Quiénes deben presentarlo?

Las empresas previamente autorizadas a presentar una única declaración-liquidación del Impuesto sobre Hidrocarburos que comprenda todas sus actividades en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

¿Qué se declara?

El desglose, por Código de Actividad y Establecimiento (CAE), de la cantidad que figuraba en la declaración-liquidación única.

Modalidades de presentación

  • Papel: Mediante cumplimentación y entrega del impreso DDC.
  • Internet: Mediante transmisión efectuada desde Gipuzkoataria del impreso.

Lugares de presentación

  • Servicio de Impuestos Indirectos del Departamento para la Fiscalidad y las Finanzas (Paseo de Errotaburu 2, 20018 San Sebastián).

Plazo de presentación

Mensual. A presentar dentro de los 25 primeros días naturales del mes siguiente a aquél en que se han producido los devengos.

Impresos

La impresión de este archivo PDF es válida para la presentación de la declaración.

Normativa

Real Decreto 1.165/1995, de 7 de julio de 1995, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales (PDF)

Decreto Foral 20/1998, de 3 de marzo, por el que se adapta la normativa tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa a lo dispuesto en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (PDF)

Orden Foral 131/2013, de 7 de febrero, por la que se modifica la Orden Foral 113/2009, de 16 de febrero, por la que se aprueban determinados modelos y se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales (PDF)

Otra información de interés

  • El documento DDC se presentará conjuntamente con la declaración-liquidación centralizada y las declaraciones de operaciones que proceda.