¿Está fuera de plazo?


Una vez finalizado el plazo de presentación de las declaraciones-liquidaciones correspondientes a la Tributación local de operadores de Telecomunicaciones (modelo 810 y modelo 890), sin haber realizado esta presentación cuando se está obligado a ello, el contribuyente podrá presentar la declaración fuera de plazo de forma voluntaria.

En caso de no hacerlo, la Hacienda Foral le podrá requerir su regularización imponiéndole una sanción de hasta un 150% sobre la cuota.

Modalidades de presentación

La declaración se podrá presentar en la modalidad de papel. Usted puede consultar estas modalidades en el modelo 810 o modelo 890 de Tributación Local de Operadores de Telecomunicaciones.

Recargos, intereses de demora y sanciones por presentación de la declaración fuera de plazo

La Hacienda Foral de Gipuzkoa revisará la declaración-liquidación presentada por el contribuyente y, según sea negativa (con resultado 0), a compensar (resultado a favor del contribuyente) o positiva y a ingresar (el contribuyente paga Hacienda), procederá a liquidar otros componentes de la deuda tributaria debido al retraso en la presentación.

Si el resultado de la declaración es a ingresar:

  • Retraso hasta 3 meses, se aplica un recargo del 2% sobre la cuota a ingresar mas intereses de demora.
  • Desde el 4º mes hasta 1 año, se aplica un recargo del 5% más intereses de demora.
  • Retraso de más de un año, se aplica un recargo del 10% más intereses de demora.

Si el resultado de la declaración es negativa o a compensar:

  • Declaraciones cuyo plazo de presentación es anterior al 1 de julio de 2005: sanción 90,15 euros.
  • Declaraciones cuyo plazo de presentación es posterior al 1 de julio de 2005: sanción de 100 euros.