Reducciones


Las reducciones son minoraciones (disminuciones) de la base imponible. Estas vienen recogidas en la normativa del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Aplicando esas reducciones, la o el contribuyente podrá deducir diferentes cantidades de la base imponible, es decir, de lo que hay que declarar.

Se entiende por base imponible de este impuesto el valor neto de los bienes y derechos adquiridos, entendiéndose como tal el valor real de los bienes y derechos minorado por las cargas y deudas que fueren deducibles. Y a esta cantidad, siempre que proceda, se le descontarán las reducciones correspondientes, obteniendo así la base liquidable del Impuesto, que es la cantidad sobre la cual se aplicará la escala del impuesto.

Aquí puede consultar las reducciones de 2003. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), 2004. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), 2005. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF) y 2006. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), 2007. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), 2008. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), 2009. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), 2010. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), 2011 (hasta el 27-12-2011). Se abrirá en una ventana nueva. (PDF) desde el 28-12-2011 a 31-12-2012. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), desde el 01-01-2013 hasta el 21-01-2014. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), desde el 22-01-2014 hasta el 24-12-2015. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), desde el 25-12-2015 hasta el 31-12-2015. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), desde el 01-01-2016 hasta el 22-12-2016. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), desde el 23/12/2016 hasta el 31/12/2017. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF), desde el 01/01/2018 hasta el 19/06/2018. Se abrirá en una ventana nueva. (PDF) y desde el 20/06/2018. Se abrirá en una ventana nueva..