Normas de conducta de la Administración Foral


El personal que realiza funciones de información, asistencia y atención ciudadana, y todo el personal que en el ejercicio de sus funciones se relaciona con los ciudadanos, deberá ajustar su comportamiento a los principios que a continuación se enumeran y, en consecuencia, deberá:

  • Atender con corrección e identificarse ante los ciudadanos si así fuere requerido. Si bien en general la identificación se hará de forma nominativa, en los supuestos en que razonadamente así lo propongan los Departamentos Forales, aquella se hará a través del número asignado a cada uno de los empleados implicados, con el fin de salvaguardar sus derechos.
  • Conocer el catálogo de servicios correspondiente a su área de actuación, los órganos y/o las personas que desarrollan cada uno de ellos, así como las direcciones de las Unidades Administrativas que los realizan y las condiciones generales de aquellos servicios sujetos a plazos de solicitud.
  • Entregar, en el momento en que así sea solicitado, los impresos oficiales y demás documentación relacionada, informando de los lugares y los plazos de entrega de la misma, y facilitando las direcciones postales, telefónicas o de correo electrónico para la realización de cualquier consulta relacionada con el asunto respectivo.
  • En el caso de no poder atender de inmediato una solicitud de información a la que el solicitante tenga derecho, explicarle el motivo y recoger sus datos para comunicarle, con la mayor brevedad posible, la disponibilidad de la información en cuestión.
  • Si la petición realizada hace referencia a servicios de otra Unidad que no corresponda a su área de actuación, deberá suministrar al solicitante la información necesaria con la dirección y/o teléfono, o la referencia de la persona a quien deba dirigirse.
  • Si para la gestión de la información solicitada se requiere de un tiempo de espera, deberá comunicársele el tiempo estimado hasta su disposición.
  • Mantener la confidencialidad sobre los ciudadanos que demandan sus servicios y el objeto de su consulta fuera de su área de trabajo, así como mantener la confidencialidad sobre los asuntos internos del Departamento fuera de su área de trabajo.
  • Facilitar a todos los ciudadanos que así lo requieran el correspondiente impreso para recoger sus quejas, sugerencias o peticiones, y asistirles en la cumplimentación de los impresos correspondientes, si así son requeridos.

Todas las oficinas que presten servicios de información, asistencia y atención ciudadana dispondrán de ejemplares del código de conducta del personal que realiza funciones de información para garantizar su conocimiento por parte del público y facilitar el ejercicio de sus derechos.