¿Está fuera de plazo?


Una vez finalizado el plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre las Primas de Seguro (modelo 430 y modelo 480), sin haber realizado esta presentación cuando se está obligado a ello, el contribuyente podrá presentar la declaración fuera de plazo de forma voluntaria.

En caso de no hacerlo, la Hacienda Foral le podrá requerir su regularización imponiéndole una sanción de hasta un 150% sobre la cuota.

Modalidades de presentación

La declaración se podrá presentar en las modalidades de internet o papel. Usted puede consultar estas modalidades en el modelo 430 o modelo 480 de Primas de Seguro.

La presentación de la declaración debe de hacerse en las Entidades financieras colaboradoras, y el ingreso, en el caso de la declaración mensual, se efectuará en el momento de la presentación.

Recargos, intereses de demora y sanciones por presentación de la declaración fuera de plazo

La Hacienda Foral de Gipuzkoa revisará la autoliquidación presentada por el contribuyente y, según sea a devolver o negativa (con resultado 0), procederá a liquidar otros componentes de la deuda tributaria debido al retraso en la presentación.

Si el resultado de la declaración es a ingresar:
Retraso hasta 3 meses, se aplica un recargo del 2% sobre la cuota a ingresar más intereses de demora.
Desde el 4º mes hasta 1 año, se aplica un recargo del 5% más intereses de demora.
Retraso de más de un año, se aplica un recargo del 10% más intereses de demora.

Si el resultado de la declaración es negativa:
Declaraciones cuyo plazo de presentación es anterior al 1 de julio de 2005: sanción de 90,15 euros.
Declaraciones cuyo plazo de presentación es posterior al 1 de julio de 2005: sanción de 100 euros.