¿Qué es Baserritar Mixto Profesionala?

Baserritar Mixto Profesionala es un programa experimental de ayudas diseñado por la Diputación Foral de Gipuzkoa que busca la conciliación entre el trabajo en la empresa y en el caserío.

Esta iniciativa surge como respuesta a las recomendaciones realizadas dentro del foro de participación ciudadana “Herritarren Batzarra”. Desde entonces, la Diputación ha avanzado en dar forma a este proyecto trabajando de manera conjunta con los agentes del primer sector y el ámbito empresarial.

La iniciativa propone el acceso a una reducción de jornada al 50 % o en el caso de los nuevos trabajadores una jornada al 50 %, para que la persona interesada pueda compatibilizar esta actividad con las labores del caserío de manera profesional de tal manera que los ingresos provengan de ambas actividades.

Para la persona que esté trabajando a jornada completa, supondrá una reducción de jornada del 50 %. En cambio, para la persona que va a entrar en una empresa supone que el contrato de trabajo sea, directamente, de media jornada.

Baserritarras

¿Quién podrá realizar la solicitud?
Perfil 1
  • Tener cumplidos los 18 años y no haber superado los 55 en el año de la convocatoria de ayudas para nuevas solicitudes de inclusión en el programa BMP.
  • Ser persona trabajadora por cuenta ajena en una empresa que no tenga como objetivo social la actividad agraria. En el caso de socios trabajadores, solo tendrán acceso a la ayuda las personas que sean socias trabajadoras de entidades con 10 o más personas socias.
  • Contrato indefinido a jornada completa con una antigüedad mínima de 18 meses.
  • Que la actividad agraria se ubique en Gipuzkoa, aunque la empresa pueda ubicarse en otro territorio.
  • Presentar un plan de viabilidad avalado por un cenro de gestión que contemple alcanzar (al cabo de 6 años):
    • 13.300 euros de margen neto.
    • 0,5 UTA al cabo de 6 años.
Perfil 2
  • Tener cumplidos los 18 años y no haber superado los 55 en el año de la convocatoria de ayudas para nuevas solicitudes de inclusión en el programa BMP.
  • Incorporarse en una empresa que no tenga como objeto social la actividad agraria, de un nuevo contrato laboral indefinido que deberá ser del 50 % de la jornada laboral según convenio. En estos casos la persona beneficiaria no podrá ser agricultor a título principal (ATP).
  • Que la actividad agraria se ubique en Gipuzkoa, aunque la empresa pueda ubicarse en otro territorio.
  • Presentar un plan de viabilidad avalado por un cenro de gestión que contemple alcanzar (al cabo de 6 años):
    • 13.300 eurps de margen neto.
    • 0,5 UTA al cabo de 6 años.
No podrán hacer la solicitud:
  • Personas que han sido beneficiarias de ayudas a la primera instalación en el sector agroganadero (GazteNek).
  • Personas perceptoras de pensión de invalidez absoluta o de invalidez total proveniente de la actividad agraria.
  • Personas socias trabajadoras de entidades con menos de 10 personas socias.
  • Personas que son ATP.
Criterios de valoración de la resolución
  • La edad de la persona que ejerza o vaya a ejercer la actividad agraria (a fecha fin del plazo de la solicitud):
    • Menos de 31 años: 85 puntos.
    • Mayor o igual de 31 años y menor 41 años: 50 puntos.
    • Mayor o igual de 41 años y menor que 56 años: 20 puntos.
  • Ser mujer: 15 puntos.

En caso de empate, se priorizarán las personas de menor edad.

Subvención

Los y las baserritarras recibirán 40.000 euros, distribuidos en dos pagos: uno al inicio del programa y el otro en el tercer año.

1ª Subvención (al inicio del programa)

Las personas interesadas recibirán 20.000 euros. Estos son los requisitos que se deberán cumplir:

  • Ser titular o socio trabajador de una explotación.
  • Estar afiliada al Régimen Especial de la Seguridad Social que corresponda en función de la actividad agraria.
  • Firmar el convenio BMP entre empresa y trabajador.
  • Presentar un plan de viabilidad avalado por un centro de gestión que contemple alcanzar al cabo de 6 años:
    • 13.300 euros de margen neto
    • 0,5 UTA
2ª subvención (en el tercer año del programa)

Estos son los requisitos para el cobro de la segunda ayuda de 20.000€:

  • Realizar la solicitud.
  • Acreditar competencia profesional con 100 horas lectivas o estudios.
  • Mantener la titularidad de la explotación.
  • Estar afiliada al Régimen Especial de la Seguridad Social que corresponda en función de la actividad agraria.
  • Mantener en vigencia el convenio BMP con la empresa.
Motivos de exención de compromisos
  • Fallecimiento de la persona beneficiaria.
  • Incapacidad laboral de larga duración de la persona beneficiaria.
  • Expropiación de la totalidad o de una parte importante de la explotación, si esta expropiación no era previsible el día en que se presentó la solicitud.
  • Catástrofe natural grave o fenómeno meteorológico grave que haya afectado gravemente a la explotación.
  • Destrucción accidental de los edificios de la explotación destinados al ganado.
  • Epizootia, brote de enfermedad vegetal o presencia de una plaga de vegetales que haya afectado a la totalidad o a una parte del ganado o de los cultivos de la explotación.
  • Casos en el que el interesado pueda demostrar que no es responsable del incumplimiento de las obligaciones previstas.
En caso de incumplimiento de los compromisos

En los primeros tres años:

  • En el caso de incumplimiento de los compromisos en los 3 años siguientes al abono de la primera ayuda concedida, se deberá devolver dicha ayuda (20.000 euros).
  • Entre el segundo pago y la finalización del programa:
  • En caso de incumplimiento de los compromisos en el periodo comprendido entre el abono de la segunda ayuda concedida y la finalización del programa, se deberá devolver el importe de esa segunda ayuda (20.000 euros).
Transcurridos los seis años del programa

Con seis meses de antelación a la finalización de este periodo de seis años, el trabajador deberá comunicar a la empresa su decisión de reincorporarse a jornada completa, de cambiar el contrato a media jornada o de rescindir el contrato de trabajo.

Forma de presentación de solicitudes
  • En la Oficina Comarcal Agraria: En la Oficina Comarcal Agraria correspondiente a la ubicación de la explotación agraria y mediante la firma electrónica o la clave operativa, utilizando el formulario específico disponible a estos efectos.
  • Vía internet: A través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, accediendo al portal de subvenciones mediante la firma electrónica o la clave operativa, utilizando el formulario específico disponible a estos efectos.

Empresas

Condiciones de solicitud
  • No tener como objeto social la actividad agraria.
  • Presentar un preacuerdo firmado por ambas partes interesadas (empresa y persona agricultora).
Condiciones para la aprobación de la solicitud

Firma del convenio BMP con el trabajador.

  • Si es una nueva incorporación, el contrato laboral será un contrato permanente a media jornada.
  • Si es un contrato a jornada completa, el contrato laboral se reducirá al 50%.
  • Durante los 6 primeros años desde el inicio de la nueva relación laboral con una jornada de trabajo del 50%, la persona interesada tendrá derecho a su reincorporación. En todo caso, deberá justificar alguna causa de fuerza mayor del apartado “Motivos de exención de compromisos”.
  • Durante el sexto año el trabajador tendrá derecho a su reincorporación a jornada completa en la empresa, a su cese en la misma o a mantener el contrato de trabajo al 50%.
Subvención

El pago de la ayuda se cobrará una sola vez tras la resolución favorable de la solicitud del primer pago al baserritarra: 30.000 euros.

Transcurridos los seis años del programa

El baserritarra decide qué hacer con su contrato laboral:

  • Abandonar la empresa.
  • Convertir el contrato de trabajo original en contrato de trabajo al 50%.
  • Volver al 100% a la empresa.

Si el baserritarra no comunica nada, el contrato laboral original se convertirá en un contrato laboral con una jornada del 50%.

Forma de presentación de solicitudes
  • En la Oficina Comarcal Agraria: En la Oficina Comarcal Agraria correspondiente a la ubicación de la explotación agraria y mediante la firma electrónica o la clave operativa, utilizando el formulario específico disponible a estos efectos.
  • Vía internet: A través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, accediendo al portal de subvenciones mediante la firma electrónica o la clave operativa, utilizando el formulario específico disponible a estos efectos.

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bmp@gipuzkoa.eus