Modalidad mecanizada

En esta modalidad se presenta la documentación en una Oficina de Renta Mecanizada y nuestro personal técnico ayuda a realizar la autoliquidación.

Autorizaciones que se pueden presentar

  • Si se desea autorizar a otra persona para que acuda a presentar la autoliquidación, aquella deberá presentar una autorización de delegación de firma (PDF) y los DNI de ambas.
  • Si se tienen hijos en común con otra persona y, teniendo la posibilidad, desea autorizar a esa otra persona para que presente la declaración conjunta de renta con los hijos en común, deberá presentar esta autorización (PDF)

¿Quién puede presentar declaración de renta mecanizada?

Puede presentar la renta mediante la modalidad mecanizada en nuestras oficinas siempre que no se encuentre entre alguno de los siguientes supuestos. Si no puede acogerse a la modalidad mecanizada, puede aceptar la propuesta de autoliquidación, en caso de que se la hayamos elaborado, o puede presentar la declaración por internet mediante el programa ZergaBidea.

Motivos que impiden presentar la renta mediante la modalidad mecanizada
La modalidad mecanizada puede emplearse por todos los contribuyentes salvo quienes en 2024:

  • Hayan realizado transmisiones patrimoniales en número superior a cinco. A los efectos de este cómputo no se considerarán las transmisiones de valores admitidos a negociación que tributen con arreglo al régimen opcional de tributación de ganancias patrimoniales derivadas de valores admitidos a negociación previsto en la disposición adicional vigésima de la norma foral del impuesto.
  • Hayan transmitido acciones o participaciones de sociedades mercantiles no admitidas a negociación en alguno de los mercados regulados de valores.
  • Hayan tenido ganancias o pérdidas patrimoniales por transmisión de bienes y derechos que hubieran sido adquiridos por herencia o legado, y que su determinación requiera de cálculos complejos o de una valoración de bienes: por ejemplo, herencias con múltiples intervinientes, con gran cantidad de bienes o con inmuebles que requieran valoración.
  • Hayan determinado el rendimiento de las actividades económicas mediante la modalidad normal del método de estimación directa.
  • Hayan determinado el rendimiento de las actividades económicas mediante la modalidad simplificada del método de estimación directa y se hayan acogido a las deducciones por inversiones y por otras actividades previstas en el artículo 88 de la norma foral del IRPF.
  • Hayan transmitido criptomonedas.
  • Hayan realizado operaciones sujetas con productos financieros derivados (opciones, futuros, warrants, contratos por diferencias, etc.).
  • Hayan optado por el régimen especial para personas desplazadas.
  • Hayan aplicado la deducción por financiación a entidades con alto potencial de crecimiento.
  • Hayan obtenido imputaciones de renta (transparencia fiscal internacional e inversión colectiva en paraísos fiscales). 
  • Las herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorio.

Lugar de presentación y cita previa

Existen varias Oficinas de Renta Mecanizada distribuidas por Gipuzkoa en las que puede presentar su declaración de renta mecanizada, solicitando cita previa desde el 4 de abril hasta el 6 de junio de 2025 o fecha posterior si quedan citas libres. Se puede solicitar cita previa de dos maneras:

  • Por teléfono, llamando al número 943 113 000
  • Por esta web en el apartado “Renta mecanizada – Cita previa” de Servicios y Trámites por Internet. Desde este servicio podrá elegir el día y la hora para presentar la declaración en la Oficina de Renta Mecanizada que le corresponda. Todo ello en sencillos pasos.

¿Qué papeles hay que llevar?

Para poder realizar la declaración deberá llevar:

  • Los Justificantes de los ingresos, gastos, reducciones, deducciones, etc.
  • El código IBAN de la cuenta corriente para domiciliar el pago o el ingreso resultante de la declaración.

Quienes ejerzan una actividad empresarial o profesional deberán, además, presentar el siguiente anexo cumplimentado antes de acudir a la Oficina.

La impresión de este archivo PDF es válida como justificante para la declaración.

Resultado de la autoliquidación

devolver

Al ser la domiciliación obligatoria, el importe de la devolución será abonado en la cuenta designada. Este trámite se realizará antes de los tres días hábiles siguientes al de la presentación de la autoliquidación.

A ingresar

La principal modalidad de pago es la domiciliación mediante la que se carga el importe de la deuda tributaria en la cuenta designada. Existen dos formas de pago, según se fraccione o no el mismo:

  • Si no se fracciona, el cargo en la cuenta se realiza el 1 de julio del año 2025.
  • Si se fracciona, se realizan dos cargos:
  1. El primero por el 60 % de la deuda el 1 de julio de 2025.
  2.  El segundo por el 40% de la deuda el 10 de noviembre de 2025.

 

También existen otras dos modalidades de pago, la carta de pago y la pasarela de pagos, que tambien permiten fraccionar o no el pago:

  • Si no se fracciona, el pago se puede realizar hasta el 1 de julio de 2025.
  • Si se fracciona, se realizan dos pagos:
  1. El primero por el 60 % de la deuda el 1 de julio de 2025.
  2.  El segundo por el 40% de la deuda el 10 de noviembre de 2025.

 

Para realizar el pago con la carta de pago se podrán utilizar los diferentes canales (ventanilla, cajero, banca electrónica) que proporciona la entidad financiera colaboradora. También se podrá realizar el pago mediante tarjeta bancaria en las oficinas de atención ciudadana del departamento. La carta de pago puede obtenerse en la plataforma ZergaBidea o en las oficinas de atención ciudadana del Departamento.
Para realizar el pago con la pasarela de pagos hay que conectarse con la misma a través de la plataforma ZergaBidea.