308 IVA: Solicitud de Devolución

¿Quiénes deben presentarlo?

  • Las personas que realicen con carácter ocasional entregas intracomunitarias de medios de transporte nuevos exentos del impuesto, cuando soliciten el reembolso de parte del IVA satisfecho en la adquisición.
  • Las personas que realicen exclusivamente actividades a las que sea de aplicación el Régimen Especial de Recargo de Equivalencia, cuando soliciten el reintegro de las cuotas de IVA reembolsado a viajeros residentes fuera de la Unión Europea.
  • Las personas que desarrollen la actividad de transporte de viajeros o transporte de mercancías por carretera y soliciten la devolución contemplada en el artículo 30.bis del Reglamento.

¿Qué se declara?

En el supuesto de entregas intracomunitarias de medios de transporte nuevos:

  • Las referidas entregas intracomunitarias, presentando una solicitud por cada vehículo entregado.

En el supuesto del ejercicio de actividad de transporte de viajeros o mercancías por carretera:

  • Las adquisiciones de vehículos que originen el derecho a la devolución regulado en el artículo 30.bis del RIVA.

En el supuesto de contribuyentes en régimen especial de recargo de equivalencia: 

  • Las operaciones efectuadas el trimestre natural anterior.

Modalidades de presentación

  • Internet: A través de la plataforma web  ZergaBidea. Esta modalidad es obligatoria para determinados colectivos.
  • Papel: Mediante la entrega en entidades financieras colaboradoras o en oficinas de atención ciudadana del modelo cumplimentado previamente en ZergaBidea.
     

Lugares de presentación

  • Para modalidad papel: se podrá presentar en las entidades financieras colaboradoras, en las Oficinas de Atención Ciudadana y en el Servicio de Impuestos Indirectos del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Paseo de Errotaburu 2, 20018 San Sebastián).
  • Para modalidad Internet: Con la transmisión correcta se tendrá por cumplida la obligación de presentación

Plazo de presentación

  • Entregas intracomunitarias de medios de transporte nuevos: dentro de los 30 días naturales a contar desde el día en que tenga lugar dicha entrega.
  • Solicitud de devolución en virtud del artículo 30.bis del RIVA: dentro de los 25 días naturales del mes siguiente a aquél en el cual se haya realizado la adquisición del medio de transporte.
  • Contribuyentes en régimen especial de recargo de equivalencia: con carácter trimestral, a presentar dentro de los 25 primeros días naturales de los meses de abril, julio y octubre y el día 31 de enero del año siguiente.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo. El modelo válido para presentar en papel se obtiene en ZergaBidea tras cumplimentarlo y una vez optado por dicha modalidad de presentación. 

  • Modelo 308 (PDF) Solicitud de devolución. Modelo actualmente en vigor.

Normativa

  • Decreto Foral Normativo 3/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre el Valor Añadido (PDF)

  • Ley 37/1992 (acceso a web), de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (PDF)

  • Orden Foral 575/2022, de 18 de diciembre, (BOG 23 de diciembre de 2022), por la que se extiende hasta el 31 de enero el plazo voluntario de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones periódicas a presentar en el mes de enero. (PDF)
  • Orden Foral 517/2017, de 20 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 308 y 309 de declaración no periódica del impuesto sobre el valor añadido (PDF).
  • Orden Foral 670/2014, de 18 de diciembre, por la que se modifica la Orden Foral 498/2010, de 4 de junio, por la que se aprueban los modelos 308 y 309 de declaración no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido (PDF).
  • Orden Foral 821/2012, de 28 agosto, por la que se modifica la Orden Foral 498/2010, de 4 de junio, por la que se aprueban los modelos 308 y 309 de declaración no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido (PDF)
  • Orden Foral 498/2010, de 4 de junio, por la que se aprueban los modelos 308 y 309 de declaración no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido (PDF)
  • Orden Foral 15/2009, de 13 de enero, por la que se aprueba el modelo 308 del Impuesto sobre el Valor Añadido (PDF)
  • Real Decreto 1.624/1992 (acceso a web), Reglamento del IVA, de 29 de diciembre 1992 (BOE. 31-12-1992)

Otra información de interés

  • El supuesto de entregas intracomunitarias de medios de transporte nuevos viene regulado en el artículo 5.Uno.e) del Decreto Foral 102/1992 del IVA, y en el artículo 32 del Real Decreto 1624/1992 del Reglamento del IVA.
  • El segundo supuesto (contribuyentes en régimen especial de Recargo de Equivalencia) proviene de las entregas de bienes exentas del IVA, por aplicación del artículo 21.2º del Decreto Foral 102/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Impuestos relacionados (modelos)

565 Declaración-liquidación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte