620 Compraventa de medios de transporte usados

¿Quiénes deben presentarlo?

Las personas que compren cualquier medio de transporte usado a un particular.

¿Qué se declara?

La compra de cualquier medio de transporte usado realizada entre particulares.

Los contribuyentes podrán utilizar, para determinar el valor de mercado, las tablas de valoración de medios de transporte. Se abrirá en una ventana nueva., aprobadas por el Diputado Foral de Hacienda a efectos de este Impuesto, que estuviesen vigentes en la fecha de devengo del impuesto.

Se aplicará el tipo de gravamen del 4%.

Además podrá acogerse a las  exenciones recogidas en el artículo 41 de la Norma Foral 18/1987. Se abrirá en una ventana nueva., de 30 de diciembre del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
 

Modalidades de presentación e ingreso

  •  Internet, desde la Plataforma ZergaBidea:

Solamente podrán presentar la autoliquidación por vía telemática las personas profesionales de la gestión tributaria a que hace referencia el artículo 16 de la Orden Foral 614/2021, de 15 de noviembre, por la que se regula el censo de representación en materia tributaria del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa, que quedarán obligadas a la presentación por esta vía. Sin embargo, el modelo deberá presentarse en soporte papel si se presenta solicitud de fraccionamiento.

La plataforma Zergabidea se encuentra disponible en el portal https://zergabidea.gipuzkoa.eus. También se puede acceder a la misma a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, https://egoitza.gipuzkoa.eus/eu/, y de la página web oficial del Departamento de Hacienda y Finanzas, https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogasuna.

Cuando la presentación se efectúe por vía telemática con cuota a ingresar, la autoliquidación no se considerará presentada hasta que no se realice su ingreso por medios electrónicos a través de la pasarela de pagos.

  • Presentación  mediante la asistencia de la Administración tributaria.

Los contribuyentes accederán a las oficinas tributarias con la documentación a presentar y serán asistidos por un funcionario para la asistencia en la presentación del modelo 620. No es necesario llevar el modelo 620.

El ingreso de la cuota resultante se efectuará a través de la pasarela de pagos
 

  • Papel:  mediante la entrega en entidades financieras colaboradoras o en oficinas de atención ciudadana del modelo cumplimentado previamente en ZergaBidea o adquirido en uno de los estancos autorizados guipuzcoanos. . Se abrirá en una ventana nueva.

El modelo 620 podrá elaborarse, guardarse e imprimirse desde la plataforma Zergabidea.

La plataforma Zergabidea se encuentra disponible en el portal https://zergabidea.gipuzkoa.eus. También se puede acceder a la misma a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, https://egoitza.gipuzkoa.eus/eu/, y de la página web oficial del Departamento de Hacienda y Finanzas, https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogasuna.. Se abrirá en una ventana nueva.

Asimismo, el modelo 620 también está disponible en los estancos autorizados. Se abrirá en una ventana nueva..

Plazo de presentación

La presentación y, en su caso, el ingreso de la cuota resultante del modelo 620 se efectuará en los treinta días hábiles siguientes al de la transmisión del vehículo usado.

Documentación a presentar

  • Modelo 620.
  • Original y copia del contrato de compraventa del vehículo.
  • Fotocopia del permiso de circulación del vehículo.
  • Fotocopia del certificado de características del vehículo.
  • Fotocopia de los DNI de comprador y vendedor.

Nota: La autoliquidación deberá ir firmada por el comprador o por el representante.

Impresos

La impresión de este archivo PDF no es válida para la presentación de la declaración, se ofrece únicamente a título informativo. El modelo válido para presentar en papel se obtiene en ZergaBidea tras cumplimentarlo y una vez optado por dicha modalidad de presentación.  Asimismo estará disponible en estancos autorizados. Se abrirá en una ventana nueva. guipuzcoanos.

Normativa

Orden Foral 393/2023. Se abrirá en una ventana nueva., de 4 de septiembre, por la que se modifican determinados aspectos de la presentación de los modelos 60-A, 60-T, 60-S, 620, 670, 671 y 672.

Norma Foral 18/1987, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (PDF).

Decreto Foral 9/2011, de 22 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados del Territorio Histórico de Gipuzkoa (PDF).

Orden Foral 86/2023, de 17 de febrero, por la que se aprueba el modelo 620 de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados por la transmisión de medios de transporte usados, así como las formas de presentación e ingreso de la cuota resultante

Orden Foral 60/2024,. Se abrirá en una ventana nueva. de 9 de febrero, por la que se aprueban los precios medios de venta de vehículos y embarcaciones aplicables en la gestión del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, impuesto sobre sucesiones y donaciones, impuesto especial sobre determinados medios de transporte e impuesto sobre el patrimonio.

Orden Foral 76/2024. Se abrirá en una ventana nueva., de 16 de febrero, por la que se aprueban los precios medios de venta de determinados elementos de transporte no incluidos en la Orden Foral 60/2024, de 9 de febrero.

Orden Foral 349/2017, de 28 de julio, por la que se aprueban los términos de la colaboración en la gestión tributaria del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa con el Colegio Oficial de Gestores Administrativos del País Vasco (PDF)

Información de interés

Documentos

De manera opcional y no obligatoria, le facilitamos un documento privado de compraventa de mdios de transporte usados.