U-7 Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Segregación, división y agrupación de bienes inmuebles de naturaleza urbana

¿Quiénes deben presentarlo?

Las personas físicas o jurídicas y las Entidades que vayan a realizar una segregación, división o agrupación de bienes inmuebles de naturaleza urbana. Con carácter general, el artículo 35 de la Norma Foral 2/2005 (PDF), de 8 de marzo establece quiénes son los obligados tributarios.

¿Qué se declara?

Los supuestos de segregación, división, agrupación de bienes inmuebles de naturaleza urbana, es decir, dividir un inmueble urbano en dos o más con su correspondiente inscripción en el Registro de la Propiedad o, a la inversa, unir dos inmuebles ya existentes en uno solo a efectos del Registro de la Propiedad.

Modalidades de presentación

  • Papel: Mediante la cumplimentación y entrega del impreso U-7.

Este impreso debe ser firmado por el adquirente (por ejemplo, el comprador) y por el transmitente (por ejemplo, el vendedor) y se acompañará la siguiente documentación:

  1. Escritura pública correspondiente o documento que formalice la variación.
  2. Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  3. Plano a escala indicando la segregación, división o agrupación.
  • Internet: Mediante transmisión efectuada desde Gipuzkoataria del impreso.

Lugares de presentación

Plazo de presentación

Dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de escritura pública de segregación, partición o agregación de un bien inmueble.

Impresos

La impresión de este archivo PDF es válida para la presentación de la declaración. Modelo sólo disponible en internet.

Normativa

Orden Foral 182/1990, de 13 de marzo, por la que se aprueban diversos modelos de impresos en relación con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (PDF)