¿Está fuera de plazo?


Una vez finalizado el plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (modelo 200, modelo 210, modelo 213, modelo 214, modelo 218, modelo 299) sin haber realizado esta presentación cuando se está obligado a ello, se podrá presentar la declaración fuera de plazo de forma voluntaria.

En caso de no hacerlo, la Hacienda Foral le podrá requerir su regularización, imponiéndole una sanción de hasta un 150% sobre la cuota tributaria.

Modalidades de presentación

La declaración se podrá presentar, según los modelos, en las modalidades de internet, papel o disquete. Usted puede consultar estas modalidades y los lugares de presentación en el modelo 200, modelo 210, modelo 213, modelo 214, modelo 218, modelo 299.

Recargos, intereses de demora y sanciones por presentación de la declaración fuera de plazo

La Hacienda Foral de Gipuzkoa revisará la autoliquidación presentada y, según sea a devolver o a ingresar, procederá a liquidar otros componentes de la deuda tributaria debido al retraso en la presentación.

Si el resultado de la declaración es a ingresar:

  • Retraso hasta 3 meses: se aplica un recargo del 2% sobre la cuota a ingresar más interes de demora,
  • Desde el 4º mes hasta 1 año: se aplica un recargo del 5% más intereses de demora.
  • Retraso de más de un año: se aplica un recargo del 10% más intereses de demora.

Si el resultado de la declaración es a devolver:

  • Declaraciones ejercicios 2004 y anteriores: sanción de 90,15 euros.
  • Declaraciones ejercicios 2005 y posteriores: sanción de 100 euros.