Informativos anuales

Descripción y modelos a utilizar

Los modelos tributarios incluidos en este apartado están constituidos, por una parte, por los resúmenes de las declaraciones sobre retenciones presentadas durante el ejercicio (190, 180, 187, 188, 193, 194, 196, 198, 291 y 296) y, por otra, por los modelos informativos no relacionados con retenciones practicadas (345, 347, 349, 181, 182, 183, 781, 346, 199, 195, 192, 189, 159, 170, 171, 184, 720, 270, 280, 289, 231, 290, 179, 172, 173 y 721).

Estos modelos tienen carácter anual (excepto los modelos 195 y 197 y 349) y se presentan durante el mes enero. Las excepciones, el 347, 159 y 184 en febrero, 170, 171, 189 y 290 en marzo, 289 en mayo, el modelo 231 en diciembre y el modelo 720 y 721 de abril a junio.

El modelo 349 puede ser mensual, bimestral, trimestral o anual.

Entre otras utilidades, gracias a la presentación de estos modelos, la Hacienda Foral podrá elaborar las propuestas de autoliquidación que enviará a los contribuyentes para la campaña de la renta.

Los principales modelos informativos son:

190 Trabajo, actividades económicas y premios. Se abrirá en una ventana nueva.
En este modelo, se relacionan las rentas declaradas en los modelos 110 y 111 durante el año.

180 Arrendamiento de inmuebles urbanos. Se abrirá en una ventana nueva.
En este modelo, se relacionan las rentas declaradas en el modelo 115 durante el año.

345 Entidades de previsión social voluntarias, Planes de pensiones, sistemas alternativos y Mutualidades de previsión social. Se abrirá en una ventana nueva.
En este modelo, se declararán las aportaciones y contribuciones satisfechas en el ejercicio a Entidades de previsión social voluntaria, Planes de pensiones, Planes de pensiones asegurados y Mutualidades de previsión social.

347 Declaración anual de operaciones con terceras personas. Se abrirá en una ventana nueva.
En este modelo se declaran las operaciones efectuadas con clientes y proveedores, que hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural a que se refiere la declaración.

349 Resumen Recapitulativo de operaciones con sujetos pasivos de la U.E.. Se abrirá en una ventana nueva.
En este modelo se declaran las Entregas Intracomunitarias de bienes y Adquisiciones Intracomunitarias de bienes, así como operaciones triangulares.

193 Capital mobiliario (dividendos, intereses de obligaciones, bonos, etc.). Se abrirá en una ventana nueva.
Resumen anual de los datos previamente reflejados en los modelos 123 presentados durante el ejercicio.

182 Donaciones. Se abrirá en una ventana nueva.
Están obligados a presentar el modelo 182 las entidades perceptoras de donativos y se declarará el importe anual del donativo recibido.

194 Capital mobiliario por transmisión, amortización, etc. de activos financieros. Se abrirá en una ventana nueva.
Resumen anual de los datos previamente reflejados en los modelos 124 presentados durante el ejercicio.

Resto modelos informativos anuales:

196 Capital mobiliario procedente de cuentas en instituciones financieras. Se abrirá en una ventana nueva.
Resumen anual de los modelos 126 presentados a lo largo del año

187 Transmisión o reembolso de acciones y participaciones instituciones de inversión colectiva. Se abrirá en una ventana nueva.
En este modelo, se relacionan las rentas declaradas en el modelo 117 durante el año.

188 Operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez. Se abrirá en una ventana nueva.
Este modelo lo presentarán las personas o entidades que satisfagan rentas o rendimientos de capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez.

192 Operaciones con Letras del Tesoro. Se abrirá en una ventana nueva.
Se declaran todas las operaciones de suscripción, transmisión y reembolso de Letras del Tesoro producidas en el año natural objeto de la declaración.

198 Operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios. Se abrirá en una ventana nueva.
Resumen anual de los modelos 128 presentados a lo largo del año.

181 Préstamos hipotecarios concedidos para la adquisición de vivienda. Se abrirá en una ventana nueva.
Se declaran las cantidades que los prestatarios han satisfecho en el ejercicio en concepto de intereses, amortización de capital y otros gastos de financiación.

781 Cuentas vivienda. Se abrirá en una ventana nueva.
Deberán presentarlo las Entidades de crédito que sean depositarias de cantidades en cuentas vivienda.

199 Identificación de las operaciones con cheques de las entidades de crédito. Se abrirá en una ventana nueva.
Están obligadas a presentar el modelo 199 las Entidades de crédito

195 Titulares de cuentas u operaciones que no han facilitado el Número de Identificación Fiscal a las entidades de crédito. Se abrirá en una ventana nueva.
Deberán presentar el modelo 195 las Entidades de crédito.

291 Rendimientos de cuentas de no residentes. Se abrirá en una ventana nueva.
A presentar por el Banco de España y las Entidades registradas.

296 Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de rentas obtenidas por no residentes sin establecimiento permanente. Se abrirá en una ventana nueva.

346 Subvenciones e indemnizaciones a agricultores y ganaderos. Se abrirá en una ventana nueva.
A presentar por todas aquellas Entidades públicas o privadas que hayan satisfecho a titulares de actividades agrícolas o ganaderas subvenciones o indemnizaciones en el año de la declaración.

189 Declaración informativa acerca de valores, seguros y rentas. Se abrirá en una ventana nueva.
Obligados a presentar : Entidades depositarias de valores mobiliarios, Sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva y entidades aseguradoras.

159 Declaración informativa anual de consumo de energía eléctrica. Se abrirá en una ventana nueva.
A presentar por las compañías comercializadoras de los suministros de energía eléctrica.

170 Declaración informativa anual de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito. Se abrirá en una ventana nueva.
Obligados a presentar: Entidades bancarias o de crédito y demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, presten el servicio de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito a empresarios y profesionales establecidos en España.

171 Declaración informativa anual de las imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento. Se abrirá en una ventana nueva.
Deberán presentar el modelo 171, las entidades de crédito y las demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, se dediquen al tráfico bancario o crediticio.

720 Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Se abrirá en una ventana nueva.
Obligados a presentar: Los contribuyentes sujetos a la imposición personal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, bien por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, bien por el impuesto sobre Sociedades que posean los bienes y derechos situados en el extranjero que determinan la obligación de presentar la declaración.

184 Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas. Se abrirá en una ventana nueva.
Obligados a presentar. Las entidades en régimen de atribución de rentas con domicilio fiscal en Gipuzkoa que ejerzan una actividad económica o cuyas rentas excedan de 3.000 euros anuales y las entidades constituidas en el extranjero que ejerzan una actividad económica.

270 Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Gravamen especial. Se abrirá en una ventana nueva..
Obligados a presentar: Aquellos sujetos obligados a retener y practicar ingreso a cuenta y que hayan abonado o satisfecho en el ejercicio alguno de los premios sujetos al gravamen especial.

289 Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua. Se abrirá en una ventana nueva.
Estarán obligados a presentar la declaración informativa de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, modelo 289, las instituciones financieras definidas en los términos establecidos en el artículo 2 del Decreto Foral 25/2016.

231 Declaración de información país por país. Se abrirá en una ventana nueva.
Obligados a presentar: Las entidades residentes en territorio español que tengan la condición de dominantes del grupo, definido en los términos establecidos en el artículo 42.3 de la  Norma Foral 2/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Gipuzkoa y que no sean al mismo tiempo dependientes de otra entidad y

Las entidades residentes en territorio español dependientes, directa o indirectamente, de una entidad no residente en territorio español que no sea al mismo tiempo dependiente de otra o establecimientos permanentes de entidades no residentes, siempre que se produzcan cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 43.10 de la norma foral mencionada.

280 Planes de Ahorro a Largo Plazo. Declaración informativa anual.. Se abrirá en una ventana nueva.
Obligados a presentar. Las entidades aseguradoras o de crédito que comercialicen los Planes de Ahorro Largo Plazo.

179. Cesión de uso de viviendas para uso turístico. Se abrirá en una ventana nueva.
Obligados a presentar:  las personas y entidades que intermedien entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas para uso turístico en los términos establecidos en los apartados 1 y 3 del artículo 72 ter del Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales, aprobado por el Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre.

172 Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales. Se abrirá en una ventana nueva.
Obligados a presentar: las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceras o terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, ya se preste dichos servicios con carácter principal o en conexión con otra actividad.

173 Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales. Se abrirá en una ventana nueva.
Obligados a presentar: Las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios de cambio entre monedas virtuales y monedas fiduciarias o entre diferentes monedas virtuales, intermedien de cualquier forma en la realización de dichas operaciones o proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceras o terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.

721 Declaración informativa sobre monedas virtuales situads en el extranjero. Se abrirá en una ventana nueva.
Obligados a presentar: Las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las entidades a que se refiere el artículo 35.3 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, que sean titulares de monedas virtuales en el extranjero, o respecto de las cuales tengan la condición de beneficiarios, autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición, o de las que sean titulares reales, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, a 31 de diciembre de cada año,